Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Diciembre de 2021, número de resolución KLCE202101288

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE202101288
Tipo de recursoKLCE
Fecha de Resolución13 de Diciembre de 2021

LEXTA20211213-014 - Adam C. Sinn v. Dennis David Pedra

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VI

ADAM C. SINN y ASPIRE CONSULTING SOLUTIONS, LLC
Peticionarios
V.
DENNIS DAVID PEDRA, CHRISTI MARIE PEDRA y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos
Recurridos
KLCE202101288
CERTIORARI Procedente de Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Civil Núm.: BY2021CV01794 (503) Sobre: Daños

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Birriel Cardona, el Juez Vázquez Santisteban y la Jueza Álvarez Esnard.

Álvarez Esnard, jueza ponente.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 13 de diciembre de 2021.

Comparecen ante nos Adam Sinn y Aspire Consulting Solutions, LLC (en conjunto “Parte Peticionaria”) mediante Solicitud de Certiorari presentada el 22 de octubre de 2021, a los fines de solicitar que revoquemos la Resolución emitida y notificada el 22 de septiembre de 2021 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Bayamón. Por virtud de la misma, el foro a quo denegó la desestimación de la Reconvención instada en contra de la Parte Peticionaria en el caso de epígrafe.

Por los fundamentos expuestos a continuación, DENEGAMOS la expedición del auto de certiorari.

I.

El 10 de mayo de 2021, la Parte Peticionaria incoó

Demanda sobre cumplimiento específico de contrato, daños y prohibición de enajenar en contra de Dennis David Pedra, Christi Marie Pedra y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos (en conjunto “Parte Recurrida”). En apretada síntesis, la Parte Peticionaria adujo que entre las partes de epígrafe se constituyó un contrato bilateral de promesa de compraventa sobre un bien inmueble. No obstante, alegó que la Parte Recurrida incumplió con su obligación al amparo del mismo, al negarse a firmar el contrato de compraventa por el precio acordado entre las partes. Por virtud de ello, en su Demanda, la Parte Peticionaria solicitó el cumplimiento específico del contrato, exigiendo así la venta de la propiedad por el precio pactado, al igual que la indemnización por daños y otros remedios.

En respuesta, el 23 de agosto de 2021, la Parte Recurrida presentó Contestación a Demanda e instó una Reconvención. En la Reconvención, la Parte Recurrida alegó haber sufrido daños por las acciones de la Parte Peticionaria durante el proceso de negociación del contrato de compraventa y por su intervención con una oferta de mejor valor. De igual manera, adujo daños...

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