Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Diciembre de 2021, número de resolución KLAN202100487

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN202100487
Tipo de recursoKLAN
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2021

LEXTA20211216-005 - Oriental Bank v. San Sebastian Properties

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL VI

ORIENTAL BANK
v.
SAN SEBASTIÁN PROPERTIES, LLC; SONIA OCASIO ESPINO; CRIMSON DEVELOPMENT GROUP, INC.
Apelante
v.
BANCO SANTANDER DE PR, ET ALS
Apelados
KLAN202100487
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de San Sebastián Civil Núm. A2CI201800368 Sobre: Cobro de Dinero y Ejecución de Hipoteca

Panel integrado por su presidenta, la Jueza Birriel Cardona, el Juez Bonilla Ortiz y la Jueza Cortés González.

Bonilla Ortiz, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 16 de diciembre de 2021.

Comparecen ante este foro San Sebastián Properties, LLC., la Sra.

Sonia Ocaso Espino y Crimson Development Group, Inc. (en conjunto, “los peticionarios”) y solicitan la revisión de una Resolución y Orden emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Municipal de San Sebastián, notificada el 28 de mayo de 2021. Mediante esta, el foro primario desestimó la demanda contra tercero presentada por los peticionarios, en contra del Banco Santander de Puerto Rico, hoy First Bank.

Por los fundamentos que se exponen a continuación, acogemos el presente recurso como un certiorari, por ser el mecanismo adecuado para la revisión del dictamen recurrido, el cual DENEGAMOS.[1]

I.

El 25 de mayo de 2018, Oriental Bank presentó una Demanda sobre incumplimiento de contrato, cobro de dinero y ejecución de hipoteca, en contra de los peticionarios.[2] Por su parte, el 18 de septiembre de 2018, los peticionarios contestaron la demanda y, además, presentaron una reconvención y demanda contra tercero.[3] Entre las defensas afirmativas planteadas en la contestación a la demanda, adujo que la Autoridad de Carreteras y Transportación (ACT) es parte indispensable, debido a que, en 1985, adquirió un interés propietario en la finca objeto del presente litigio, mediante expropiación.

De otra parte, mediante la demanda contra tercero, los peticionarios acumularon al Banco Santander de Puerto Rico, que hoy es el First Bank (parte recurrida),[4] en calidad de tercero demandado.

Contra este, adujeron causas de acción por incumplimiento de contrato, resarcimiento de daños, non rite adimpleti contractus y saneamiento por evicción.

Posteriormente, el 10 de diciembre de 2018, la parte apelante presentó una Enmienda a Demanda contra Tercero.[5] Por su parte, el 18 de diciembre de 2018, el Banco Santander contestó la Enmienda a Demanda contra Tercero.[6]

Tras una serie de incidencias procesales, el 21 de mayo de 2020, el Banco Santander presentó una Petición de Desestimación y Solicitud de Declaración de Temeridad.[7] Mediante esta, argumentó, en esencia, que la Regla 12 de Procedimiento Civil, 32 LPRA Ap. V, R. 12 no permite la presentación de este tipo de reclamo mediante la presentación de una demanda contra tercero. Además, que el Banco Santander no vendió la finca objeto del gravamen en cuestión, sino un crédito litigioso, por lo que no proceden las causas de acción instadas. Por su parte, el 2 de septiembre de 2020, los peticionarios...

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