Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Diciembre de 2021, número de resolución KLCE202101386

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE202101386
Tipo de recursoKLCE
Fecha de Resolución16 de Diciembre de 2021

LEXTA20211216-024 - Wilma Fernandez Feliciano v.

Supermercados Econo Inc Y Otros

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE APELACIONES

PANEL I

WILMA FERNÁNDEZ FELICIANO
Recurrida
v.
SUPERMERCADOS ECONO INC Y OTROS
Peticionario
KLCE202101386
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina
Civil Núm.:
CA2019CV04783
Sobre:
Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Ramos, el Juez Ramos Torres y el Juez Candelaria Rosa.

Candelaria Rosa, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 16 de diciembre de 2021.

Comparece el Supermercado Facundo, Inc. h/n/c Econo Plaza Carolina (peticionario) y nos solicita que revoquemos la Resolución del Tribunal de Primera Instancia emitida el 14 de septiembre de 2021. En su dictamen, el foro primario declaró No Ha Lugar la solicitud de desestimación presentada por el peticionario en la cual invocó la defensa de prescripción.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, denegamos la expedición del auto solicitado.

El caso de epígrafe inició con el envío de una reclamación extrajudicial de la señora Wilma Fernández Feliciano (Sra. Fernández o recurrida)

dirigida a “Supermercado Econo Facundo” el día 20 de agosto de 2018. La caída sufrida por la recurrida en el referido supermercado ocurrió el 18 de junio de 2018. En respuesta, el 5 de septiembre de 2018, la aseguradora del peticionario, Real Legacy Assurance, cursó una misiva en respuesta a la Sra.

Fernández.

El 13 de diciembre de 2019, la recurrida presentó ante el Tribunal de Primera Instancia la Demanda, identificando como codemandada a “Supermercados Econo, Inc.”, una compañía la cual una de sus tiendas era “el supermercado Econo de Plaza Carolina”. (Apéndice V del Recurso de Certiorari, Demanda, Alegación Núm. 2). Posteriormente, Supermercados Econo, Inc.

compareció indicando que no era la dueña del referido supermercado en Plaza Carolina. En vista de lo anterior, la recurrida solicitó el desistimiento de la acción a favor de Supermercados Econo, Inc., el cual fue concedido por el tribunal.

En consecuencia, la Sra. Fernández presentó su Demanda Enmendada el día 27 de febrero de 2020, identificando a Supermercado Facundo, Inc. como una de las partes demandadas y dueña del supermercado Econo ubicado en Plaza Carolina, donde ocurrió el accidente motivo de la causa de acción. Luego de presentar su Contestación a la Demanda Enmendada, el peticionario presentó una Solicitud de Desestimación por Prescripción. Argumentó que la acción en su contra estaba prescrita puesto que: (1)...

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