Sentencia de Tribunal Apelativo de 20 de Enero de 2000, número de resolución KLAN9700021
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN9700021 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 20 de Enero de 2000 |
Núm. KLAN9700021
Apelación
Procedente de Sala Superior de San Juan
Panel integrado por su presidenta, la Juez López Vilanova, el Juez Cordero y la Juez Feliciano Acevedo
En San Juan, Puerto Rico, a 20 de enero del 2000.
El apelante, Sr. Eduardo Marquez Lizarde, radicó el presente recurso apelativo de una sentencia emitida por el Tribunal de Instancia el 18 de octubre de 1996. En la misma el tribunal sostuvo que existía entre las partes una comunidad de bienes con relación a determinado inmueble. Analizados los alegatos de las partes, procedemos a confirmar la sentencia emitida por el Tribunal de Instancia.
Las partes se conocieron durante el ano 1980 en ocasión de que la apelada acudiera, en calidad
de abogada, a la Sala del Tribunal de Distrito de Río Grande en la que el apelante era Juez. A partir de esa ocasión las partes se comunicaban a menudo con el propósito de la apelada mostrarle al apelante propiedades inmuebles La relación se convirtió en una de amistad y sentimental. Luego de que la apelada se divorciara las partes decidieron formalizar su relación.
Vigente la relación amorosa entre las partes, la apelada le confió al apelante su interés en comprar un apartamento localizado en el piso 18 de Coral Beach II. El apartamento había sido propiedad de Jean Figueroa Meléndez, ya fallecida y a quien le sobrevivió un hijo de 15 años llamado Rando Miller Figueroa. El inmueble estaba gravado con una primera hipoteca a favor de First Mortgage Investor Properties, Inc. (FMI), quien había comenzado trámite de cobro y ejecución por incumplimiento de pago de los plazos hipotecarios. La apelada compareció como interventora en el pleito instado por el acreedor hipotecario expresando que estaba en proceso de designar un tutor al menor y que estaba en negociaciones con el menor para adquirir su participación y subrogarse como deudora en los derechos del menor en el inmueble.
El 17 de junio de 1982 el Tribunal de Instancia dictó Resolución emancipando judicialmente a Rando Miller Figueroa. El 13 de julio de 1982 se otorgó escritura número dos de compraventa ante el notario Luis Lamberty González, mediante la cual Rando Miller Figueroa vende a Lilliam Rivero Cervera y a Edgardo Marquez Lizardi el apartamento objeto de esta controversia. El apelante solicitó exoneración del pago de contribución sobre inmueble, beneficio que le fue concedido. Para el año 1984 la apelada solicitó acogerse a dicho beneficio. Los recibos de
contribución sobre inmueble presentados el cobro fueron pagados por la apelada.
El 2 de agosto de 1982 el acreedor hipotecario desistió de su acción toda vez que había llegado a un acuerdo con la apelada para que ésta asumiera...
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