Sentencia de Tribunal Apelativo de 16 de Febrero de 2000, número de resolución KLRA9900443

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA9900443
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución16 de Febrero de 2000

LEXTCA20000216-05 Villalón Cedeño v. Departamento del Trabajo

Edwin Villalón Cedeño y Otros, Recurrentes

v.

Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, Recurridos

Núm. KLRA9900443

Revisión Administrativa

Procedente de Junta de Apelaciones de JASAP

Panel integrado por su presidenta, la juez López Vilanova, el juez Córdova Arone y la juez Feliciano Acevedo

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 16 de febrero de 2000.

El recurso de epígrafe se presentó ante el Tribunal de Primera Instancia el 13 de octubre de 1995. Dicho foro remitió el caso a este Tribunal el 28 de junio de 1999. Siete (7) meses después, el 27 de enero de 2000 se refiere el mismo a este Panel.

Evaluado el mismo, vemos que, Edwin Villalón Cedeño y otros nueve (9) empleados recurren de una Resolución emitida por la Junta de Apelaciones del Sistema de Administración de Personal (JASAP), el 17 de agosto de 1995, que desestimó las apelaciones de los recurrentes referentes a la

implantación del Plan de Retribución del Departamento del Trabajo y Recursos Humanos.

De los documentos que obran en el expediente surgen los siguientes hechos.

I

El Departamento del Trabajo y Recursos Humanos, (Departamento), en su capacidad de administrador individual, adoptó un nuevo Plan de Clasificación y Retribución para el servicio de carrera y de confianza, que entró en vigor el 1 de julio de 1994.

El Departamento notificó a los recurrentes su determinación final sobre el cambio de clasificación y retribución. Estos apelaron ante JASAP. Alegaron que al asignárseles el nuevo sueldo a la fecha de la implantación del nuevo Plan de Clasificación y Retribución el Departamento no les reconoció los aumentos recibidos durante la vigencia de la estructura salarial anterior ni los pasos previamente adquiridos.

JASAP desestimó las apelaciones presentadas por los empleados del Departamento. Concluyó que, al entrar en vigor el nuevo Plan de Clasificación y Retribución, el Departamento no redujo el salario de los recurrentes sino que otorgó a todos los empleados un aumento no menor de $50.00, cantidad mínima garantizada por el Departamento en los nuevos ajustes retributivos. Sección 4.7 del Reglamento de Retribución Uniforme.

Inconformes, los recurrentes solicitaron revisión. Sostienen queincidió la JASAP al concluirque el ajuste

salarial otorgado a los recurrentes se rige por la Sección 4.7 del Reglamento de Retribución Uniforme, referente a la asignación de clases. Entienden que el mismo...

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