Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Febrero de 2000, número de resolución KLCE0000129

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0000129
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución17 de Febrero de 2000

LEXTCA20000217-11Francisco Benero v. Acoutec Contractors

Francisco J.

Benero, Demandante-Recurrido

v.

Acoutec Contractors, S.E., Codemandada-Peticionaria

Ricardo F. Muns, Héctor López y John Doe, Codemandados

Núm. KLCE0000129

Certiorari

Procedente de Sala Superior de Bayamón

Panel integrado por su presidente, Juez Sánchez Martínez, la Jueza Cotto Vives y la Jueza Ramos Buonomo

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de febrero de 2000.

Acoutec Contractors, S.E. nos solicita que ex-pidamos un auto de certiorari para que revisemos y revoquemos una resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón (Hon. Olivette Sagebién Raffo, J.), que denegó el aplazamiento del juicio pautado para el 22 de febrero -la semana próxima-

solicitado por razón de la súbita enfermedad de su abogada. No obstante, en la misma resolución recurrida el tribunal a quo la relevó a ella de comparecer al juicio pero le ordenó a su bufete que designe a otro abogado para que éste, en una semana, se prepare y vea el juicio en su fondo. Veamos el contexto procesal en el que se suscitó la resolución recurrida.

El de mayo de 1996 se presentó la demanda en este caso. En la misma el recurrido Francisco J. Benero le reclama $65,000 a la peticionaria Acoutec Contractors y a dos personas más por concepto de comisiones dejadas de pagársele y por daños. La conferencia con antelación al juicio se celebró el 1ro de septiembre de 1999. En esa ocasión, se convocó a las partes al tribunal para una sesión a celebrarse el 8 de diciembre de 1999 con el propósito de marcar la prueba a ser utilizada por las partes durante el juicio. Éste quedó señalado para los días 15, 22, 23, 24 y 28 de febrero de 2000.

El 10 de febrero de 2000, es decir, cinco días antes de la fecha pautada para comenzar el juicio, la peticionaria Acoutec Contractors presentó una moción para solicitar la suspensión del juicio basada en que su abogada, la Lcda. Yolanda M. Da Silveira Neves, del bufete Lespier & Muñoz-Noya, estando ya en su séptimo mes de embarazo sufrió una caída como resultado de la cual su obstetra le prescribió reducir sustancialmente su volumen de trabajo y no participar en juicios hasta después del parto. El alumbramiento está previsto para el 26 de abril de 2000.

Añadió que en este caso se han producido más de 20,000 copias de documentos pertenecientes a casi 30 proyectos de construcción diferentes y que las partes ya ese habían intercambiado varios interrogatorios y requerimientos de admisiones. Indicó que ya el bufete había tomado la medida de asignar a un abogado adicional para evitar futuros contratiempos similares. Finalmente, sugirió una fecha cercana al 1ro de julio de 2000 cuando ya ella estaría de regreso en la oficina.

El mismo día, 10 de febrero de 2000, el Tribunal de Primera Instancia celebró una conferencia telefónica con los

abogados de las partes en la que les informó a éstos que, de tener que suspender el caso, el mismo sería reseñalado para abril de 2001 debido a la congestión del calendario en dicha Sala. El Lcdo. Axel Vizcarra, abogado del recurrido Benero, anunció que se opondría a la suspensión por escrito. En el acta de la conferencia el tribunal hizo constar que se proponía excusar a la Lcda. Da Silveira de comparecer al juicio pero mantendría vigente el señalamiento para que otro abogado del bufete de ella compareciera a representar a la peti-cionaria Acoutec Contractors en el juicio.

El 14 de febrero de 2000 -es decir, el día antes del juicio- el recurrido Benero se opuso por escrito a la suspensión. Por su parte, ese mismo día otro abogado del bufete Lespier & Muñoz-Noya presentó una moción reiterando la solicitud de suspensión en la que enfatizaba lo oneroso que le resultaría a otro abogado del bufete asumir la representa-ción legal de la peticionaria Acoutec...

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