Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Marzo de 2000, número de resolución KLRA0000046

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA0000046
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución31 de Marzo de 2000

LEXTCA20000331-48Salvatella v.

Junta Directores Condominio Doral Plaza

Brunilda Salvatella, Ana Lebrón Rosado, Carlos R. Maysonet, Querellantes

v.

Junta de Directores del Condominio Doral Plaza, Recurridos

Nanda Vázquez y Otros, Interventores-Recurrentes

Ana I. Zayas Martínez, Interventora-Recurrida

Núm.

KLRA0000046

Revisión de Resolución Sumaria

Procedente de DACO

Panel integrado por su presidente, Juez Gierbolini y los jueces Cordero y Hernández Torres

RESOLUCIóN

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de marzo de 2000.

El presente recurso solicita la revisión de la Resolución emitida por el Departamento de Asuntos del Consumidor ("DACO") el 27 de diciembre de 1999, archivada en autos copia de su notificación el 29 de diciembre de 1999. En la misma, DACO declaró sin lugar la querellas número 100006355, 100006376, 100006377 y la impugnación de los interventores, Junta de Directores del Condominio Doral Plaza I, presidida por la Sra. Nanda Vázquez ("Vázquez").

I

El 26 de febrero de 1998, el Consejo de Titulares del Condominio Doral Plaza I (“el Condominio”) eligió a su Junta de Directores (“Junta

Interventora").(1) Ésta quedó presidida por Vázquez. La elección de dicha Junta fue impugnada el 20 de enero de 1999 por el titular Carlos Chardón, mediante una querella ante el DACO.

Posteriormente, el 3 de junio de 1999, un grupo de titulares le hizo llegar a la Junta interventora una carta fechada 2 de junio de 1999. Junto a ésta se incluyó una convocatoria de asamblea especial o extraordinaria a celebrarse el día 8 junio en primera convocatoria y el 9 de ese mismo mes en segunda convocatoria, deno haber quórum para la primera. En dicha convocatoria se estableció la agenda, en la cual se incluyó la elección de los nuevos miembros de la Junta de Directores del Condominio.

Ésta fue notificada a todos los titulares del condominio mediante entrega por debajo de la puerta de cada apartamento por varias personas, entre las que se encontraba el Sr. Iván Díaz.

La asamblea se celebró el 9 de junio de 1993, en segunda convocatoria. En ésta se eligió una nueva Junta de Directores ("Junta recurrida") donde resultó electa Presidenta la Sra. Hazel Álvarez (Álvarez"). Mediante comunicación escrita con fecha del 20 de junio de 1999, se informó a los titulares del Condominio el resultado de la asamblea y la elección de la nueva Junta Directora.

El 23 de junio de 1999, Ana Lebrón Rosado y Carlos R.

Maysonet presentaron querellas ante el DACO impugnando la validez de la asamblea del 9 de junio. Éstos alegaron que la convocatoria para la asamblea no cumplió con los procedimientos establecidos en el Reglamento del Condominio.

Posteriormente, el 28 de junio de 1999, la Sra.

Brunilda Salvatella presentó querella ante DACO, alegando, prácticamente, los mismos hechos presentados en las querellas anteriormente mencionadas.

El DACO, por su parte, emitió una resolución el 9 de julio de 1999 en la querella presentada por Carlos Chardón. En la misma declaró nula la asamblea de titulares del 23 de febrero de 1998 y la elección de Junta interventora.

Por otro lado, la Junta recurrida presentó una moción solicitando la consolidación de las querellas presentadas por Lebrón, Maysonet y Salvatella y su desestimación sumaria. Luego de varios trámites procesales, el DACO señaló vista a celebrarse el 20 de diciembre de 1999.

La Junta interventora, a su vez, presentó una moción solicitando que se le autorizara intervenir para impugnar la legalidad de la asamblea del 9 de junio de 1999. Así las cosas, dicha Junta circuló el 19 de noviembre de 1999, en el Condominio, una convocatoria para celebrar una asamblea de titulares el lro. de diciembre de 1999. Como respuesta a esta acción, el 24 de noviembre de 1999, la Sra. Ana Zayas ("Zayas"), presentó su solicitud de intervención y solicitó la paralización de dicha asamblea. Ese mismo día, el DACO emitió una resolución interlocutoria ordenando a la Junta interventora la paralización de cualquier procedimiento conducente a elegir cualquier otra

Junta, hasta tanto se dilucidaran las controversias de las querellas de epígrafe, en la vista señalada para el 20 de diciembre de 1999.

No obstante, la Junta interventora presentó, el 30 de noviembre de 1999, una “Moción Urgente de Reconsideración y Solicitud de Orden para Celebrar Asamblea”, en la que solicitó que se dejara sin efecto la resolución interlocutoria emitida en atención a la solicitud de Zayas. Por su parte, la Junta recurrida presentó el 2 de diciembre de 1999, una “Réplica a Moción Urgente”, argumentando en contra de la reconsideración solicitada por la Junta interventora.

El 1ro. de diciembre de 1999, el DACO emitió

Orden en la que declaró ha lugar la moción urgente de la Junta interventora, dejando sin efecto la prohibición de celebrar una asamblea de titulares antes del 20 de diciembre de 1999.

Siguiendo la determinación del DACO, la Junta interventora, junto a más del 20% de los titulares del Condominio convocaron nuevamente una reunión...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR