Sentencia de Tribunal Apelativo de 13 de Abril de 2000, número de resolución KLAN9901352

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN9901352
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución13 de Abril de 2000

LEXTCA20000413-06Rivera Cruz v. Cruz

Agustín Rivera Cruz, Juanita Meléndez y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales compuesta por ambos, Apelados

v.

Ezequiel Cruz y Richard Wederfort, H/N/C The New World Brokers y Gold Eagle Auto Sales y Miriam Daly Viacava, Apelantes

Núm.

KLAN9901352

Apelación

Procedente de Sala Superior de Carolina

Panel integrado por su presidente, Juez Miranda De Hostos y los Jueces Rivera Pérez y Rodríguez García

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 13 de abril de 2000.

Se apela una sentencia del Tribunal de Primera Instancia, que determinó que los apelantes The New World Brokers y otros, junto a Miriam Daly Viacava, eran responsables solidariamente en una acción por incumplimiento de contrato y daños y perjuicios, instada por los apelados. El Tribunal les impuso el pago de $3,000.00 dólares por sufrimientos físicos y mentales de Agustín Rivera Cruz, $3,000.00 por los sufrimientos físicos y mentales de Juanita Meléndez y $9,000.00 por su crédito afectado.

Inconforme la parte apelante acude ante nos y alega la comisión de varios errores que se resumen en los siguientes: primero, que incidió el foro de instancia al declarar con lugar la demanda, imponiendo responsabilidad solidaria a la parte apelante; segundo, al conceder una cuantía excesivamente alta por sufrimientos físicos y mentales y por el alegado crédito afectado.

Luego de evaluado el escrito de apelación y su oposición, se confirma la sentencia. Veamos.

I

Los hechos del caso comenzaron el 26 de marzo de 1996 cuando Agustín Rivera Cruz, suscribió un contrato con The New World Brokers (The New World), cediendo la cuenta del vehículo marca Isuzu, modelo Trooper de 1996, tablilla número CKT 121, registrado a su nombre en el Departamento de Transportación y Obras Públicas, por la cantidad de $500.00. Al momento de la cesión, los pagos del vehículo se encontraban al día y aunque el contrato nada disponía sobre el traspaso de dueño del vehículo, se le informó verbalmente que no se haría hasta que precualificaran a un comprador.

Posteriormente, The New World cedió a Miriam Daly Viacava el referido vehículo por la suma de $2,700.00 y la cuenta del mismo. Al momento de la cesión, Miriam Daly Viacava le informó a The New World que su crédito estaba dañado. Sin embargo, Richard Wederfoorth, Gerente de The New World, no realizó investigación alguna limitándose a pedirle su licencia de conducir y tarjeta electoral.

En el referido contrato se hacia constar que se le reservaba el derecho a The New World como a Rivera Cruz, de reclamar por cualquier daño que Miriam Daly Viacava pudiera

causar al...

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