Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Mayo de 2000, número de resolución KLAN0000204

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0000204
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución31 de Mayo de 2000

LEXTCA20000531-60 Muñoz García v.

Smith Pabón

Guillermo Muñoz García, Apelado

v.

Raúl Teodoro Smith Pabón, y Otros, Apelantes

Núm.

KLAN0000204

Apelación

Procedente de Sala Superior de Bayamón

Panel integrado por su presidente, Juez Gierbolini y los jueces Cordero y Hernández Torres

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de mayo de 2000.

Comparece ante nosotros Raúl Teodoro Smith Pabón, Carmen Socorro Smith Pabón, Carlos Lyn Smith Pabón y Miriam Margarita Smith Pabón (en adelante los apelantes) y nos solicitan la revisión de la Sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón el día 1 de diciembre de 2000, archivada en autos el 24 de enero de 2000 y notificada por correo ordinario el 26 de enero del mismo año.

Mediante dicha sentencia el Tribunal de Primera Instancia concluyó que el demandante Guillermo Muñoz García (en adelante Muñoz) tiene derecho a la mitad de los bienes del caudal hereditario de la causante

Margaret Smith Espendez (en adelante Smith) y los apelantesa la otra mitad, por lo que ordenó a los bancos Citibank y First Bank a entregarle a éste la mitad del dinero existente en dichas instituciones bancarias a nombre de la causante.

Luego de analizar los hechos y el derecho aplicable CONFIRMAMOS la sentencia apelada.

I

Los hechos que dan inicio a la presente controversia son los siguientes. Smith falleció el 20 de octubre de 1998 habiendo otorgado testamento abierto ante la notario María Torres Cartagena el 27 de noviembre de 1996.

En las cláusulas sexta y séptima del mencionado testamento Smith expuso su expresión de última voluntad en cuanto a la institución de herederos de la siguiente manera:

Sexto

Instituye como herederos, en la mitad de la herencia a su querida y leal amiga Ada Hilda López Figueroa, y en la otra segunda mitad de la herencia a sus sobrinos Raúl Teodoro Smith Pabón, Carmen Socorro Smith Pabón, Carlos Lyn Smith Pabón, Miríam Margarita Smith Pabón, en partes iguales en todos los bienes, incluyendo entre estos, dinero en efectivo o depositados en instituciones bancarias, en cuentas corrientes, de ahorro, certificados de depósitos, de Retiro Individual, etcétera, o dinero invertido a través de instituciones financieras, en cualquier clase de inversión a corto o largo plazo.

Séptimo

Desea la testadora que en caso de premorir doña Hilda López Figueroa, sea heredero, en la mitad de lo que le corresponde a ésta, su esposo don Guillermo Muñoz García.

El día 2 de julio de 1999 Muñoz radicó demanda solicitando la adjudicación de la herencia testamentaria ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, luego de varios intentos infructuosos de llegar a algún acuerdo con los apelantes en cuanto a la repartición

de la herencia.

El Lcdo. Aponte Sánchez (representante legal de los apelantes), solicitó que los emplazamientos cursados a sus clientes le fueran enviados a él ya que no tenía la dirección física de los mismos. El 2 de julio de 1999 los apelantes fueron emplazados conforme a lo solicitado por el Lcdo. Aponte Sánchez.

El 5 de agosto de 1999 el representante legal de Muñoz cursó una carta al Lcdo. Aponte Sánchez solicitándole que contestara la demanda ya que habían transcurrido treinta y cinco días desde su radicación y de diligenciados los emplazamientos.

El 25 de agosto de 1999 Muñoz presentó ante el Tribunal de Primera Instancia una moción de anotación de rebeldía por haber transcurrido ya para ese entonces cincuenta y tres días desde los emplazamientos sin que los apelantes contestaran la demanda.

El 4 de octubre de 1999 el Tribunal de Primera Instancia notificó que anotó la rebeldía a los apelantes por lo que Muñoz radicó una moción solicitando que se dictara sentencia declaratoria de conformidad con lo solicitado en la demanda.

El 1 de diciembre de 1999 el Tribunal de Primera Instancia emitió sentencia mediante la cual concluyó que Muñoz era heredero en la mitad de los bienes del caudal hereditario de Smith y los apelantes eran herederos en partes iguales de la otra mitad, por lo tanto, ordenó a...

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