Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Julio de 2000, número de resolución KLAN9901047
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN9901047 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 31 de Julio de 2000 |
José
E. Hidalgo Oyola, Demandante-Apelado
Núm. KLAN9901047
Apelación
Procedente de Tribunal de Instancia, Sala Municipal de Naranjito
Panel integrado por su presidente, el Juez Sánchez Martínez, la Jueza Ramos Buonomo y la Jueza Cotto Vives.
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 31 de julio de 2000.
La parte apelante, Supermercados Amigo Inc., nos solicita la revocación de una sentencia nunc pro tunc emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Naranjito, el 9 de julio de 1999, copia de la cual quedó archivada en autos el 21 de julio de 1999. En la misma, el tribunal a quo
declaró con lugar una demanda en cobro de dinero presentada por el apelado, Sr.
José E. Hidalgo Oyola, la cual ordenó a Supermercados Amigo el pago de $456.79, además de $500.00 en concepto de honorarios de abogado.
Acude ante nos Supermercados Amigo Inc., mediante recurso de apelación en el cual le imputa al Tribunal de Primera Instancia la comisión de dos errores. Primero, alega que erró el tribunal a quo al concluir que Supermercados Amigo no era un tenedor de buena fe del cheque expedido por National Guard Service Inc. y al determinar que dicha parte incurrió en temeridad.
Por los fundamentos que expondremos a continuación, se confirma la sentencia apelada.
I
El 15 de mayo de 1996 a raíz de una reclamación de salarios National Guard Services, Inc. emitió el cheque núm. 25382 a nombre del apelado, Sr. José E.
Hidalgo Oyola por la cantidad de $456.79. Éste había acudido ante el Departamento del Trabajo para tramitar su reclamación de salarios, por lo cual dicho Departamento se comunicó con el Sr. Hidalgo Oyola para verificar que hubiese recibido todos los pagos de su reclamación. Sin embargo, el Sr. Hidalgo Oyola se percató de que le faltaba un pago, el cual fue identificado por el cheque número 25382. De la prueba presentada ante el foro a quo
surge que el mismo había sido cambiado en Naranjito, en el establecimiento comercial Supermercados Amigo, Inc. el 28 de mayo de ése año. Véase, pág.
99 del Apéndice del Escrito de Apelación.
El Sr. Hidalgo Oyola presentó una demanda en cobro de dinero contra Supermercados Amigo, Inc. en la cual reclamó a dicho establecimiento el pago de $456.79 en concepto del importe del cheque, además de $500.00 en concepto de honorarios de abogado.
La vista en su fondo se celebró el 3 de marzo de 1998, y culminada la misma el Tribunal de Primera Instancia requirió a ambas partes la presentación de memorandos de derecho y dio por sometido el caso. Así las cosas, el 11 de diciembre de 1998, el Tribunal de Primera Instancia dictó sentencia en la cual condenó a la parte apelante, Supermercados Amigo, Inc. a pagar al apelado, Sr.
José E. Hidalgo Oyola, la cantidad de $456.79 además de $500.00 en concepto de honorarios de abogado por temeridad.
Luego de dictada la sentencia, el Sr. Hidalgo Oyola...
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