Sentencia de Tribunal Apelativo de 15 de Agosto de 2000, número de resolución KLRA0000310

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA0000310
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución15 de Agosto de 2000

LEXTCA20000815-10 Rodríguez Pacheco V. Automotores De Puerto Rico

Mabel Rodríguez Pacheco, Recurrida

V.

Automotores De Puerto Rico, Inc. y otros, Recurrente

Núm. KLRA0000310

Revisión

Procedente de Departamento de Asuntos del Consumidor

Panel integrado por su presidenta, Jueza Fiol Matta, la Jueza Rodríguez de Oronoz y el Juez González Román

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 15 de agosto de 2000.

Automotores de Puerto Rico, Inc. (Automotores) y Ford Motor Credit Co. (F.M.C.C.) solicitan la revisión de una resolución emitida por el Departamento de Asuntos del Consumidor (DACO) el 1ro de marzo de 2000 y notificada el siguiente día 3 del mismo mes, mediante la cual se declaró nulo el contrato de compraventa de un automóvil usado. Se expide el auto y se confirma la resolución recurrida.

El 12 de diciembre de 1998 la Sra. Mabel Rodríguez Pacheco (Sra. Rodríguez) suscribió con Automotores un contrato de compraventa mediante el cual adquirió un vehículo usado Ford Explorer XL de 1996, tablilla CDF-781, por la cantidad de $16,500.00. El negocio incluyó un pronto pago de $3,822.50 y el restante se financió a través de F.M.C.C. a razón de 60 pagos mensuales de $347.50 al 13%.

Surge del récord que, antes de efectuar la compraventa la Sra. Rodríguez le preguntó específicamente al vendedor de Automotores, el Sr. Tito Llanos (Sr. Llanos), si el auto había sufrido algún impacto. Este contestó que el vehículo era reposeído, fue inspeccionado por F.M.C.C. para ser revendido y que estaba en perfectas condiciones.

Aproximadamente un mes y medio después de la compra, en febrero de 1999, la Sra. Rodríguez visitó a Automotores para arreglar una serie de desperfectos que había descubierto en el vehículo. En ese momento se le informó a la Sra. Rodríguez que el vehículo estaba fuera de garantía pues había sobrepasado el millaje para ello. El vehículo tenía 31,000 millas cuando se compró.

Según la Sra. Rodríguez, al momento de la compraventa, el Sr. Rodríguez le había expresado que el vehículo tendría garantía por tres (3) meses. No obstante, la Sra. Rodríguez firmó un documento firmado por esta en el cual se señala que la “garantía no aplica”.

La Sra. Rodríguez trabaja en el estado de la Florida por lo que deseaba trasladar el automóvil a esa jurisdicción. F.M.C.C. autorizó dicho traslado. El 20 de agosto de 1999, la Sra. Rodríguez contrató a la Sea Land Star Line L.L.C. (Sea Land) para el transporte del vehículo a la Florida. Esa transacción conllevó un desembolso de $620.00. Posteriormente, la Sra. Rodríguez se enteró que el vehículo no podía transportarse toda vez que no tenía su placa de número de serie o registro, la cual debe encontrarse en una de las puertas del lado izquierdo. Por estar trabajando en la Florida, la Sra. Rodríguez tuvo que otorgar un poder legal para remover el vehículo de la zona portuaria.

El 15 de septiembre de 1999, la Sra. Rodríguez presentó una querella ante el DACO contra Automotores y F.M.C.C. alegando vicios del consentimiento en el contrato de compraventa. Según la Sra. Rodríguez, Automotores actuó dolosamente al venderle el vehículo. Automotores y F.M.C.C. no contestaron la querella.

El DACO convocó a las partes a una inspección vehicular que se llevaría cabo el 18 de octubre de 1999. A pesar de habérseles notificado, ni Automotores ni F.M.C.C. comparecieron a la misma. El técnico de DACO, Sr. Marcos Ramírez Vera, concluyó que dos puertas del lado izquierdo fueron reemplazadas y pintadas, que la puerta trasera no abría por dentro, que la pintura era retocada y que el acondicionador de aire no enfriaba.

DACO convocó a las partes a una vista administrativa la cual se celebró el 3 de noviembre de 1999. La Sra. Rodríguez compareció personalmente, asistida por su abogado. Automotores y F.M.C.C. comparecieron por vía de sus respectivas representaciones legales.

Ni Automotores ni F.M.C.C. pudieron explicar el porqué del cambio de color de las puertas izquierdas. Además trataron de establecer que la placa de número de serie se había caído. Surge del récord que la Sra. Rodríguez, quien ha tenido el control absoluto del vehículo, no ha reemplazado ninguna de sus...

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