Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Agosto de 2000, número de resolución KLCE0000629

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0000629
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución24 de Agosto de 2000

LEXTCA20000824-03 Jiménez Soto v. López Hernández

Félix José Jiménez Soto, Peticionario

V.

Lizette López Hernández, Recurrida

Núm. KLCE0000629

Certiorari

Procedente de Sala Superior de San Juan

Panel integrado por su presidente, Juez Brau Ramírez, y los Jueces González Rivera y Ortiz Carrión

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 24 de agosto de 2000.

El recurso instado en el caso del epígrafe interesa la revisión y revocación de un dictamen interlocutorio emitido por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (Hon. Carlos E. Carrasquillo Soto, J.). Mediante el mismo, el foro de instancia no acogió favorablemente una moción de reconsideración presentada por el peticionario, Félix José Jiménez Soto, en la cual solicitó se limitara el proceso de descubrimiento de prueba llevado a cabo relacionado con la liquidación de los bienes gananciales habidos durante la vigencia del matrimonio con su ex-esposa, Lizette López Hernández. En igual medida, el peticionario levantó objeciones a la orden emitida para la producción de documentos por considerar, a su juicio, que éstos resultaban ser impertinentes. Analicemos.

I

El 7 de marzo de 2000, el foro de instancia emitió una orden dirigida al peticionario Jiménez Soto en la cual se le ordenó reproducir, en un término de treinta (30) días, los documentos que se mencionan a continuación. Procedemos a transcribir literalmente la orden en cuestión:

(1) Prueba de la procedencia de los dineros que el demandante alega ser privativos. (2) Los estados de cuentas para los años 1996 al presente de las inversiones del demandado [sic] en J.R.

Steincher & Co. (cuenta núm. 001-282000) y en Merryl Lynch. (3) Estados de cuenta del U.S.

Savings Bonds desde enero de 1996 al presente. (4) Estados bancarios de las cuentas del demandante en Puerto Rico y en los Estados Unidos desde enero de 1996 al presente y copia de los cheques cancelados. (5) Estados de cuenta de las tarjetas de crédito personales del demandante desde enero de 1996 al presente. (6) Toda la información relacionada con la residencia actual del demandante, incluyendo la dirección, el precio de compra y/o el pago mensual de arrendamiento. (7) Toda la información relacionada al pago de dividendos sobre acciones que el demandante tenga o hubiera tenido en casas de corretaje en Puerto Rico o en los Estados Unidos desde enero de 1996 al presente.

Posteriormente, el 15 de marzo de 2000, el peticionario presentó ante el foro recurrido una moción...

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