Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Enero de 2001, número de resolución KLAN0001075

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0001075
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución25 de Enero de 2001

LEXTCA20010125-26 Rodríguez García v. Enciclopedia Británnica Inc.

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL DE SAN JUAN

PANEL II

MADELINE RODRÍGUEZ GARCÍA Y OTROS

Apelantes

V.

ENCYCLOPEDIA BRITANNICA, INC.

Apelada

KLANO001075

APELACION procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan

Caso Núm. KAC99‑0805

Panel integrado por su presidenta, la juez Alfonso de Cumpiano, y los Jueces Aponte Jiménez y González Román

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico a 25 de enero de 2001.

La Sra. Madeline Rodríguez y los demás demandantes‑apelantes de epígrafe (Sra. Rodríguez, et al. o los demandantes‑apelantes) solicitan la revocación de una sentencia del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, emitida el 25 de agosto de 2000 y notificada a las partes el 1ro de septiembre del mismo año. Mediante dicha sentencia, el tribunal apelado desestimó, con perjuicio, una demanda en cobro de dinero y daños resentada por la Sra.

Rodríguez, et al. contra las compañías Encyclopedia Britannica USA y Encyclopedia Britannica, Inc. (Britannica) . Por los fundamentos que se expondrán a continuación, se confirma la sentencia apelada.

Britannica es una compañía publicadora de enciclopedias cuyas oficinas se encuentran en Chicago, Illinois. Según surge de los autos, esta compañía entró en el mercado puertorriqueño en el año 1983, hasta junio de 1997, cuando decidió cesar sus operaciones en la isla.

El 9 de junio de 1999, la Sra. Rodríguez, et al. presentó una demanda alegando que a los demandantes de epígrafe, quienes en el pasado se desempeñaban como "contratistas independientes" de Britannica, se les debían ciertas sumas de dinero por concepto de comisiones por obtención de órdenes para las publicaciones de dicha compañía. Por este concepto, la Sra. Rodríguez, et al.

también le reclamó a Britannica daños por sufrimientos y angustias mentales. En la demanda se alegó, además, que Britannica había terminado ilegalmente los contratos de los demandantes‑apelantes "antes del lro de octubre de 1997". Por este concepto también se reclamó compensación por angustias mentales.

El 16 de agosto de 1999 Britannica contestó la demanda, alegando, inter alia, que la Sra. Rodríguez, et al. estaba impedida contractualmente de presentar la acción y que la misma estaba prescrita, según los contratos suscritos entre las partes. El 18 de noviembre de 1999, Britannica presentó una moción de desestimación alegando que la causa de acción de la Sra. Rodríguez, et al. había prescrito conforme al término prescriptivo de seis (6) meses contenido en los contratos entre las partes. En la alternativa, Britannica alegó que, a tenor con una cláusula de selección de foro presente en todos los contratos, la demanda tenía que presentarse en el estado de Illinois y no en los tribunales del Estado Libre Asociado de Puerto Rico.

El 11 de febrero de 2000, la Sra. Rodríguez, et al. presentó una oposición a la moción de desestimación. En la misma se alega, esencialmente, que los contratos con Britannica eran de adhesión; que estaban redactados en...

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