Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Enero de 2001, número de resolución KLCE 00-1114

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE 00-1114
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Enero de 2001

LEXTCA20010130-15 Miembros de la Banda Municipio Autónomo v. Municipio Autónomo de Ponce

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO V (PONCE-AIBONITO)

PANEL SUSTITUTO I

MIEMBROS DE LA BANDA MUNICIPIO AUTONOMO DE PONCE LUIS O. PINO, ET ALS Recurridos v. MUNICIPIO AUTONOMO DE PONCE, HON. RAFAEL CORDERO SANTIAGO, ALCALDE, ET ALS. Peticionarios
KLCE001 0054
Certiorari Procedente Del Tribunal de Instancia, Sala Superior de Ponce CIVIL NO. JPE2000-1114

Panel integrado por su presidenta, la Juez Pesante Martínez y los Jueces Rodríguez García y Salas Soler.

Pesante Martínez, Juez ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de enero de 2001.

El 12 de enero de 2001, el peticionario Municipio de Ponce (en adelante el “Municipio”),presentó ante nuestra consideración un recurso de certiorari al cual acompañó de Petición Urgente en Auxilio de Jurisdicción. El aludido recurso procura obtener la revocación de la resolución, emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce, inicialmente sin la celebración de vista y luego enmendada en un señalamiento posterior. Mediante la referida resolución se dictó una Orden de Entredicho Provisional que le requirió al Municipio lo siguiente:

  1. Darle acceso a los músicos de la Banda Municipio Autónomo de Ponce al local de éstos hasta que se dilucidara la acción.

  2. Continuar con los pagos de los salarios a los músicos

    según presupuestado.

  3. Los músicos no entregarían los uniformes, equipo, instrumentos musicales e identificación al Municipio.

    Por otro lado, dicha Orden dispuso que se mantendría el status quo existente a diciembre del 2001.

    Con carácter de urgencia y ante el petitorio del Municipio, paralizamos los efectos de la Resolución y Orden de Entredicho Provisional y le concedimos a los recurridos, músicos de la Banda de Municipio Autónomo de Ponce, hasta el 26 de enero de 2001 para que mostraran causa, si la hubiere, por la cual no debíamos revocar la Resolución y Orden en controversia. Los recurridos presentaron escrito en cumplimiento de orden en la fecha señalada. De otra manera, recurrieron al Tribunal Supremo de Puerto Rico mediante recurso de certiorari al cual anejaron Moción Urgente en Auxilio de Jurisdicción solicitando se revisara nuestro dictamen. Al 29 de enero de 2001, dicha petición estaba pendiente de ser atendida. Estando en posición de resolver, lo hacemos según intimado.

    Expedimos el auto de certiorari, revocamos la Resolución y Orden de Entredicho Provisional y ordenamos remitir el expediente al Tribunal de Primera Instancia para que celebre vista de Injunction Preliminar de conformidad con el ordenamiento aplicable.

    I

    Los músicos de la Banda Municipal de Ponce han trabajado mediante contrato con el Municipio desde 1989. Mediante carta del 13 de diciembre de 2000, solicitaron al Municipio que los reconociera como empleados municipales a tiempo parcial y descontinuara su contratación.

    El 26 de diciembre de 2000, el Municipio, luego de realizar una consulta legal, le indicó a los músicos que debido a la existencia de impedimentos legales, no podía acceder a sus reclamos y que continuarían con la política pública municipal de establecer una relación contractual, en virtud de la Ordenanza Núm. 5, serie 1990-1991.

    Al momento de cursar tales comunicaciones, los músicos trabajaban para el Municipio bajo un contrato que terminaría el 31 de diciembre de 2000. Previo a la fecha de vencimiento, los funcionarios municipales realizaron gestiones infructuosas conducentes a que los músicos firmaran nuevos contratos de servicios profesionales correspondientes al período comprendido entre 1 de enero de 2001 a 30 de junio de 2001. Los músicos se negaron anteponiendo su reclamo de que se les convirtiera en empleados del Municipio.

    La Hon. Delís Castillo de Santiago, Vice Alcaldesa del Municipio de Ponce...

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