Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2001, número de resolución KLRA0000840

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA0000840
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución31 de Enero de 2001

LEXTCA20010131-18 Torres Ramírez v. Hacienda Florida Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL V, PONCE Y AIBONITO

HECTOR L. TORRES RAMIREZ MIGDALIA FIGUEROA TORRES Querellantes Peticionados v. HACIENDA FLORIDA, INC. Querellada Peticionaria KLRA0000840 Revisión resolución Departamento de Asuntos del Consumidor Defectos de Construcción Núm. 200 RCVP 30

Panel integrado por su presidente Juez Brau Ramírez, el Juez Ortiz Carrión y la Juez Pabón Charneco

Ortiz Carrión, Juez Ponente

SENTENCIA

San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2001.

Hacienda Florida, Inc.

solicita la revisión de una resolución del Departamento de Asuntos del Consumidor, "D.A.C.O.", en la cual se le ordenó sustituir todas las ventanas y los gabinetes de la cocina de una vivienda que le vendió a la parte querellante recurrida. Hacienda Florida, Inc. plantea que el D.A.C.O. erró al resolver que, al instalar las ventanas y gabinetes de cocina distintos a los descritos en los anuncios para la promoción de la venta de tales viviendas, incurrió en prácticas prohibidas por la reglamentación que rige el negocio de desarrollo y venta de viviendas nuevas en Puerto Rico. Antes de dilucidar este señalamiento, pasamos a hacer una breve relación de las determinaciones y conclusiones del D.A.C.O.

I.

El 23 de noviembre de 1999, los esposos Héctor L. Torres Ramírez y Migdalia Figueroa Torres presentaron una querella ante el D.A.C.O. en la que, entre otras cosas, alegan que a la vivienda que le compraron a Hacienda Florida, Inc., no se le instalaron las ventanas con cristal ahumado color solar bronze, los gabinetes de cocina no son estilo europeo, según se había ofrecido en los anuncios de promoción, y los gabinetes tienen polilla. El 29 de septiembre de 2000, el D.A.C.O. emitió una resolución en la que determinó que los gabinetes de cocina instalados tenían polilla, que Hacienda Florida, Inc.

cambió el color de las ventanas y el estilo de los gabinetes de la cocina sin notificarlo, y concluyó que tal acción constituye una práctica prohibida por la sección 10 del Reglamento Núm. 2268 del D.A.C.O., Reglamento para Regular las Distintas Actividades que Se Llevan a Cabo en el Negocio de Viviendas Privadas en Puerto Rico, 10 R.P.R. sec. 250.1911. En virtud de ello, el D.A.C.O. le ordenó a Hacienda Florida, Inc. que sustituyese las ventanas y los gabinetes, ofrecidos en su publicidad, por unas ventanas color...

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