Sentencia de Tribunal Apelativo de 2 de Febrero de 2001, número de resolución KLAN0001239

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0001239
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 2 de Febrero de 2001

LEXTCA20010202-04 Galarza Colon v. Giron Morel

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL V, PONCE Y AIBONITO

GLADYS MARITZA GALARZA COLON Apelada v. JESSIE GIRON MOREL Apelante KLAN0001239 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Divorcio JDI2000-0345

Panel integrado por su presidente Juez Brau Ramírez, el Juez Ortiz Carrión y la Juez Pabón Charneco

RESOLUCION

San Juan, Puerto Rico, a 2 de febrero de 2001.

Atendida la moción de reconsideración presentada por el peticionario Jessie Girón Morel, en la que presenta prueba de un sobre con el matasellos de la fecha en que se le envió la notificación de la resolución cuya revisión solicita, demostrativa de que presentó su recurso dentro del plazo establecido por ley, se deja sin efecto la resolución dictada por este Tribunal el 22 de diciembre de 2000 denegando el recurso por no habérsele presentado tal prueba.

Sin embargo, reexaminado el recurso y atendido como certiorari, por tratarse de una solicitud para que se revise una resolución interlocutoria, se declara no ha lugar, por los fundamentos que se exponen a continuación.

I.

El peticionario Jessie Girón Morel está casado con la recurrida Gladys Maritza Galarza Colón con quien contrajo matrimonio el 15 de mayo de 1993, durante el cual, el 19 de mayo de 1998, nació una hija de nombre Gabriela Nicole Girón Galarza.

El 29 de marzo de 2000, la recurrida presentó una demanda de divorcio por trato cruel en la que solicita la disolución del matrimonio y la fijación de una pensión alimentaria para su hija menor de edad.

Por su parte el 24 de abril de 2000 el peticionario presentó una contestación a la demanda en la que niega el trato cruel; afirma que la paternidad de la niña Gabriela Nicole está en entredicho; y presenta una reconvención en la que se alega que un día al llegar a su casa de sorpresa encontró otro hombre, y que en el tiempo en que se concibió la niña, él estaba estudiando fuera de Puerto Rico. Ese mismo día, el peticionario presentó una moción para que se ordene que las partes se sometan a un examen de paternidad para comprobar si la niña Nicole Girón es su hija. A lo cual se opuso la demandante recurrida, alegando que el demandado tuvo conocimiento del nacimiento y posterior inscripción de la menor desde hacía más de un año, por lo que su pretensión de impugnar la legitimidad de la filiación de la niña se presentó después de...

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