Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Abril de 2001, número de resolución KLCE0100312

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0100312
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución26 de Abril de 2001

LEXTCA20010426-08 Rodríguez Negrón v. Municipio de Vega Alta

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL II -BAYAMÓN, PANEL II

Pablo Rodríguez Negrón y Aida Ocaña, por sí y en representación de la menor Rosa Virginia Rodríguez Ocaña; Digna Milagros Hernández, por sí y en representación de su hijo menor Francisco Torres Hernández Demandantes-Recurridos v. Municipio de Vega Alta; Estado Libre Asociado de Puerto Rico; Departamento de Salud, Hospital Regional de Bayamón; American Interna-tional Insurance Company, Instituciones Z, Y y Z; Aseguradoras A,B,C y D; John Doe y Richard Roe, Doctores A,B,C y D Demandados-Peticionarios
KLCE0100312
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia; Sala Superior de Bayamón DDP1998-1172 (503) Daños y Perjuicios

Panel integrado por su presidente, el Juez Arbona Lago y los jueces Urgell Cuebas y Aponte Hernández.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 26 de abril de 2001.

Los peticionarios, Municipio de Vega Alta (Municipio) y su compañía aseguradora,

American International Insurance Company, nos solicitan en este recurso que revoquemos la resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala superior de Bayamón, dejando sin efecto la sentencia que declaró con lugar la moción de desistimiento de los demandantes de la reclamación de éstos contra el Municipio. Procedemos a denegar el auto de certiorari solicitado.

Los hechos y eventos procesales pertinentes al recurso no están en controversia. Los mismos se desprenden de los documentos que forman parte del apéndice. Veamos.

Se trata de una acción de daños y perjuicios presentada por los recurridos, Sr.

Pablo Rodríguez Negrón y Sra. Aida Ocaña, por sí y en representación de su hija menor de edad Rosa Virginia Rodríguez Ocaña, en la que alegan que el Estado Libre Asociado de Puerto Rico y el Municipio de Vega Alta, fueron negligentes en la atención médica que se le brindó a Aida Ocaña y a su bebé, quien falleció poco después de nacer.

Luego de cierto trámite procesal relacionado con el descubrimiento de prueba, en el que el Municipio y su compañía aseguradora requirieron a los demandantes que se les suministrara el informe pericial relacionado con la negligencia imputada a éstos, así como la contestación a un interrogatorio en el que se les solicitó exponer en forma clara y específica en qué consistía la negligencia de dichas partes, el Municipio y su...

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