Sentencia de Tribunal Apelativo de 4 de Mayo de 2001, número de resolución KLAN0000973

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0000973
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 4 de Mayo de 2001

LEXTCA20010504-12 Lora Marzán v. Avilés Vázquez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

En el Tribunal de Circuito de Apelaciones

Circuito Regional VII De CAROLINA y FAJARDO

MÍA LORA MARZÁN

Demandante-Apelada

v.

FRANCISCO AVILÉS VÁZQUEZ

Demandado-Apelante

KLAN0000973

Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina

Sobre: Divorcio (Trato Cruel)

Caso Civil Núm.

FDI1998-1458(303)

Panel integrado por su presidente, el Juez Miranda de Hostos, la Juez Hernández Torres y el Juez Martínez Torres.

Martínez Torres, Juez ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 4 de mayo de 2001.

El demandado-apelante, Francisco Avilés Vázquez, impugna en este recurso la sentencia de divorcio por trato cruel que disolvió su matrimonio con la demandante-apelada, Mía Lora Marzán, estableció una pensión alimentaria de $340, y otorgó la custodia y patria potestad sobre el menor hijo de las partes, a la demandante-apelada, Lora Marzán. Por las razones que exponemos a continuación, se confirma la sentencia apelada. El Tribunal de Primera Instancia tenía que considerar la demanda de divorcio por la causal de trato cruel una vez las partes retiraron su anuencia a divorciarse por consentimiento mutuo.

I

La demandante-apelada, Lora Marzán, presentó la demanda de divorcio por trato cruel, el 27 de octubre de 1998. Posteriormente, las partes acordaron divorciarse por consentimiento mutuo y radicaron la petición correspondiente dentro de este caso contencioso. El Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina, emitió entonces una “sentencia” por estipulación, de divorcio por la causal de consentimiento mutuo.

No obstante, antes que la “sentencia” adviniera final y firme, el demandado-apelante Avilés Vázquez retiró la estipulación. A renglón seguido, la demandante-apelada Lora Marzán solicitó la reapertura de su demanda contenciosa de divorcio. Por su parte, Avilés Vázquez ripostó que lo que procedía era archivar el caso por desistimiento, ya que entendía que el cambio de causal dejó sin validez jurídica la demanda original.

El Tribunal de Primera Instancia accedió a dejar sin efecto la sentencia pero no a archivar el caso. Además, reactivó el caso contencioso, como solicitó Lora Marzán. Las partes comparecieron entonces a vista ante la Examinadora de Pensiones Alimentarias. Sólo la demandante-apelada Lora Marzán compareció al juicio ante el tribunal, a pesar que ambas...

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