Sentencia de Tribunal Apelativo de 10 de Mayo de 2001, número de resolución KLCE0100258

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0100258
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución10 de Mayo de 2001

LEXTCA20010510-07 Díaz Rivera v. Vázquez Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL V, PONCE Y AIBONITO

MIGUEL A. DIAZ RIVERA Demandantes Recurridos v. ENRIQUE VAZQUEZ, INC. & INTEGRAND ASSURANCE, CO. Demandado Recurrente KLCE0100258 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce Civil Núm: JAC99-0500

Panel integrado por su presidente Juez Brau Ramírez, el Juez Ortiz Carrión y la Juez Pabón Charneco

Ortiz Carrión, Juez Ponente

SENTENCIA

San Juan, Puerto Rico, a 10 de mayo de 2001.

Integrand Assurance Company, solicita la revisión de una sentencia parcial en la cual el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce, concluyó que tiene la obligación de responder por las pérdidas que el colmado de su asegurado aquí demandante, sufrió como consecuencia de una falla en el servicio de energía eléctrica ocurrida durante el Huracán Georges.

Integrand plantea que el Tribunal apelado erró al concluir que el contrato de póliza de seguros suscrito por el demandante cubre esas pérdidas, contrario a lo que establece una cláusula en la que se excluye la cubierta por pérdidas causadas por una falla en el servicio de energía eléctrica independientemente de lo que la ocasione, cuando ocurre fuera de la propiedad asegurada.

Para dilucidar este planteamiento, pasamos a examinar los antecedentes procesales del caso, incluyendo las alegaciones de la demanda y la moción de sentencia sumaria presentada por Integrand.

I

El señor Díaz Rivera presentó una demanda por incumplimiento de contrato en la cual alegó que suscribió un contrato de seguro global con el número de póliza 04-CP.7000775-8/000 con Integrand, con el fin de asegurar las pérdidas que pudiese sufrir su colmado por causa de algún suceso cubierto por la póliza. Alegó que durante el Huracán Georges el sistema de alambrado eléctrico quedó averiado, afectándose el Barrio Sexto en el Municipio de Ponce, donde ubica su colmado; que a consecuencia de esa falla en el servicio de energía eléctrica, toda su mercancía perecedera se arruinó; que le reclamó esa pérdida a Integrand, y ésta se negó a compensarla, alegando que esas pérdidas no están cubiertas por la póliza.

Integrand contestó la demanda negando cubierta, y presentó una moción de sentencia sumaria en la cual planteó que no existe controversia sobre los hechos materiales del caso y que, conforme a los términos del contrato de póliza de...

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