Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Agosto de 2001, número de resolución KLCE0100413

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0100413
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución30 de Agosto de 2001

LEXTCA20010830-07 Departamento de la Familia v. Cruz Benítez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL DE CAGUAS, HUMACAO Y GUAYAMA

PANEL SUSTITUTO

DEPARTAMENTO DE LA FAMILIA RECURRIDA V. MARÍA DAISY CRUZ BENÍTEZ INTERVENTORA-PETICIONARIA KLCE0100413 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Caguas SOBRE: LEY PARA LA PROTECCIÓN DE MENORES CIVIL NÚM. EMMI1999-0075 y 0079

Panel integrado por su presidente, Juez Soler Aquino, y los Jueces Colón Birriel y Escribano Medina.

Soler Aquino, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de agosto de 2001.

La parte peticionaria solicita que pasemos juicio de una resolución dictada por el Tribunal de Primera Instancia el 1 de noviembre de 2000, notificada a las partes el 6 de marzo de 2001. Alega el foro recurrido erró al:

  1. determinar que tenía jurisdicción sobre la persona de María Daisy Cruz Benítez en cuanto al procedimiento de privación de patria potestad del menor JGMC, instado mediante Petición enmendada por el Departamento de la Familia.

  2. determinar que el Departamento de la Familia no tenía que juramentar su petición de privación de patria potestad contra María Daisy Cruz Benítez siendo ello requerido por la Sección 10.4 del Título 8 de L.P.R.A.

  3. determinar que el juramento que realiza un trabajador social cuando solicita la remoción de un menor suple un procedimiento posterior de privación de patria potestad sobre este mismo menor.

  4. validar que una parte con interés en el pleito pueda fungir como emplazadora de la parte contraria en el mismo pleito.

  5. entender que en este caso se ha cumplido con el debido proceso de ley para con la interventora recurrente María Daisy Cruz Benítez.

  6. negar las relaciones materno filiales entre la interventora recurrente y el menor JGMC.

    El Tribunal de Primera Instancia adjudicó al Departamento de la Familia la custodia de un recién nacido abandonado en un pastizal y del cual la identidad de sus padres era desconocida. Identificada la identidad de la madre del menor, el Departamento enmendó el caso de remoción de custodia para incluir a ésta como demandada. Además solicitó por separado la remoción de otra menor, hija de la peticionaria que estaba bajo su custodia. Ambos pleitos fueron consolidados.

    El 8 de febrero 2000 se celebró vista sobre ratificación de remoción de custodia. La peticionaria asistió personalmente acompañada por su representación...

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