Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Septiembre de 2001, número de resolución KLRA 03-1061

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA 03-1061
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2001

LEXTCA20010928-05 Velez Torres v. Policía de P.R.
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES
CIRCUITO REGIONAL VI CAGUAS/HUMACAO/GUAYAMA
PANEL I
ALBERTO VELEZ TORRES Recurrente v. POLICIA DE PUERTO RICO Recurrida KLRA01 00380 REVISION CASO NO. T-99-03-1061 (J.A.S.A.P.)

Panel integrado por su presidenta, la Juez Pesante Martínez y los Jueces Rodríguez García y Salas Soler.

Pesante Martínez, Juez ponente

RESOLUCION

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de septiembre de 2001.

El recurso de título procura la expedición de un auto de revisión administrativa y la revocación de una resolución emitida por la Junta de Apelaciones del Sistema de Administración de Personal (J.A.S.A.P.). Mediante la misma se confirma el dictamen del Superintendente de la Policía avalando el traslado del recurrente del Programa de High Intensity Drug Trafficking Area (H.I.D.T.A.) a la Policía de Puerto Rico.1

Denegamos la expedición del auto solicitado.

I.

Don Alberto Vélez Torres, residente en el municipio de Caguas, al momento de emitirse la resolución en controversia ocupaba un puesto regular de Sargento en la Policía de Puerto Rico. Sus ejecutorias como policía recibieron calificaciones de excelente, siendo éstas evaluadas de 1994 a 1999.

Previo al 31 de julio de 1997, el recurrente estaba adscrito al Cuerpo de Investigaciones Criminales (C.I.C.) de Caguas. En esa fecha el entonces Superintendente de la Policía le ordenó reportarse inmediatamente ante el Comandante Jesús E. Rodríguez Cintrón, Director de la Oficina de Fuerzas Conjuntas. Lo anterior se consideró un traslado por petición propia al Task Force del Negociado de Investigaciones Especiales del Departamento de Justicia. Para esta fecha el N.I.E., junto a la Policía de Puerto Rico, créo el grupo de operaciones conjuntas conocido como Policía de Puerto Rico, H.I.D.T.A./N.I.E., ubicado en el Centro de Operaciones de High Intensity Drug Trafficking Area. El aludido grupo se regía por un acuerdo titulado “Memorandum of Agreement Between the Special Investigations Bureau of the Department of Justice and Puerto Rico Police Department (P.R.P.D.) for Reimbursement of Premium Pay Cost Associated with H.I.D.T.A.

Investigations”. Según este acuerdo, el N.I.E. y la Policía de Puerto Rico estipularon, entre otros asuntos, que el acuerdo tendría una vigencia del 1 de agosto de 1997 al 30 de septiembre de 1998 y que la Policía asignaría 10 de sus agentes a asistir al N.I.E. en investigaciones sobre homicidios.

Surge del expediente ante nuestra consideración que en un principio el Task Force estuvo compuesto por 10 agentes del N.I.E. y 10 agentes de la Policía de Puerto Rico, siendo el recurrente el supervisor administrativo de los agentes de la Policía. Posteriormente en abril de 1998, se incorporó al grupo el Teniente José Rodríguez Rosario y pasó a supervisar administrativamente a los policías H.I.D.T.A.

Al H.I.D.T.A./N.I.E. casi simultáneamente con el recurrente, en septiembre de 1997, se incorporaron los entonces agentes James Cope García y Daniel García Hernández.

El 3 de marzo de 1998 el Superintendente de la Policía le dirigió una carta al recurrente en la cual le informó lo siguiente:

Conforme al contrato federal entre High Intensity Drug Trafficking Area (H.I.D.T.A.) y el Negociado de Investigaciones Especiales del Departamento de Justicia, se le autoriza una bonificación de $675.00 mensuales por el periodo del 1 de octubre de 1997 al 30 de septiembre de 1998.

Esta disposición estará vigente mientras forme parte del Task Force N.I.E./H.I.D.T.A. y la bonificación sea subvencionada con fondos federales.Si por alguna circunstancia usted es relevado o trasladado a cualquier otra unidad, se le descontinuará la bonificación antes mencionada.

Todos los policías que integraron el grupo H.I.D.T.A./N.I.E. recibieron la misma bonificación mensual asignada al recurrente, bajo los mismos términos y condiciones. Para el año fiscal 1998-99 el acuerdo fue prorrogado bajo condiciones similares.

El 12 de febrero de 1999 el agente James Cope García fue ascendido al rango de Sargento. De su testimonio surge que su ascenso fue por examen y que es usual que los policías ascendidos se les traslade. Éste atestó no haber visto el documento suscrito por el Coronel Héctor Quiles donde se le asignaban nuevas funciones oficiales. En la parte inferior de dicho documento había una nota impresa a máquina que leía:aprobado por el Lcdo. Pedro A. Toledo Dávila (el entonces Superintendente de la Policía). Al mes siguiente, es decir, en marzo, James Cope advino en conocimiento de su posible traslado hacia Bayamón y se acercó al Director de la Oficina de Fuerzas Conjuntas para solicitarle permanecer asignado al grupo Policía de Puerto Rico H.I.D.T.A./N.I.E. El Lic. Aníbal Torres Rivera (Director del N.I.E.) también llamó al director de la Oficina de Fuerzas Conjuntas en gestión a...

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