Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Septiembre de 2001, número de resolución KLAN 00-00748

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN 00-00748
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2001

LEXTCA20010928-12 Ayala Zayas v. Junta de Directores Condominios El Segovia

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DEL CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL I, PANEL IV DE SAN JUAN

EDWINA AYALA ZAYAS Demandante-Recurrida vs. JUNTA DIRECTORES CONDOMINIO EL SEGOVIA Demandados-Recurrentes
KLAN
00-00748
Apelación Procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan Interdicto Posesorio KPE98-0479 (905)

Panel integrado por su presidente, el Juez Gierbolini, el Juez Cordero y el

Juez Rodríguez Muñiz.

Gilberto Gierbolini, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de septiembre de 2001.

El 3 de julio de 2000 la Junta de Directores del Condominio Segovia (en adelante Junta) presentó Escrito de Apelación y nos solicitó la revocación de la Sentencia emitida el 16 de febrero de 2000, notificada el 6 de abril de 2000, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, en el caso de Edwina Ayala Zayas, et al vs. Junta de Directores del Condominio Segovia, Civil Número KPE98-0479 (905), sobre Interdicto Posesorio. Mediante dicha sentencia, el Tribunal de Primera Instancia declaró Con Lugar la referida demanda y ordenó a la Junta pagar la suma de $2,500.00 más las costas del proceso.

Por los fundamentos que expondremos, CONFIRMAMOS la Sentencia apelada.

I

El 2 de diciembre de 1997 Edwina Ayala Zayas (en adelante Ayala) y la Junta suscribieron un contrato de arrendamiento de estacionamiento. Mediante el mismo, la Junta acordó arrendar a Ayala el estacionamiento 321 del Condominio Segovia y Ayala, a su vez, acordó pagar la suma de $60.00 mensuales por dicho estacionamiento. Sin embargo, el 27 de abril de 1998, la Junta notificó a Ayala que, efectivo el 1 de mayo de 1998, el contrato quedaba cancelado porque, alegadamente, ella lo había incumplido al subarrendar el estacionamiento a otra persona.

Así las cosas, el 5 de junio de 1998 Ayala, su esposo Juan Luis Sáez Cintrón, y la Sociedad Legal de Gananciales constituida entre ambos, presentaron Demanda de Interdicto Posesorio contra la Junta. En la misma, Ayala alegó que el contrato de arrendamiento suscrito con la Junta estaba vigente, quela parte demandada, a través de sus agentes y empleados, en los pasados meses ha impedido que la parte demandante haga uso del área de estacionamiento colocando bloques, peñones, cadenas y tierra en el mismo y que ella sufriría daños adicionales a los causados de no ser...

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