Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Septiembre de 2001, número de resolución KLCE0100883

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0100883
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución28 de Septiembre de 2001

LEXTCA20010928-72 Pueblo v. Fourtquet García

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL IV AGUADILLA Y MAYAGÜEZ

PANEL I

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Peticionario v. HERNÁN FOURQUET GARCÍA Recurrido KLCE0100883 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Mayagüez Criminal Núm. I1VP200101281 I1VP200101282 Inf. Arts. 411-A y 414 S.C.

Panel integrado por su presidenta, la juez López Vilanova, el juez Córdova Arone y la juez Feliciano Acevedo.

López Vilanova, J.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de septiembre de 2001.

El Procurador General recurre de una Resolución emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Subsección de Distrito, Sala de Mayagüez, (Hon. Ramón Febus Bernardini, Juez), que denegó una solicitud de turno posterior y decretó la desestimación de las denuncias del aquí recurrido.

Evaluado el escrito, ordenamos la comparecencia del recurrido mediante escrito de mostrar causa. Solicitada una prórroga la misma se concedió. Finalmente el 11 de septiembre de 2001 éste presentó su escrito. Evaluado el mismo se resuelve revocar el dictamen recurrido.

I

El Ministerio Público presentó denuncias contra Hernán Fourquet García por infracción al Artículo 411(a) y Artículo

412 de la Ley de Sustancias Controladas de Puerto Rico. Se le imputó que el 25 de abril de 2001, ilegalmente poseía y usaba la sustancia conocida como cocaína, así como parafernalia relacionada con sustancias controladas, en los predios del Parque Isidoro, el cual es una instalación de recreación pública para niños, jóvenes y adultos. Anejos II y III.

El 1º de mayo de 2001, se celebró la vista de determinación de causa para arresto ante el Juez Emilio Mulero, determinándose causa probable. El aquí recurrido compareció por citación y se le fijó $4,000 dólares de fianza, que posteriormente prestó, quedando libre bajo fianza.

Se señaló el caso para vista preliminar el día 7 de mayo de 2001. Ese día la representación legal del imputado solicitó la transferencia de la vista, la cual fue concedida para la fecha del 29 de mayo de 2001.

Llamado el caso para la celebración de la vista preliminar el 20 de mayo, uno de los testigos de cargo no compareció, por lo que se reseñaló nuevamente la vista para el último día hábil de los términos de juicio rápido.

En la mañana del 2 de julio de 2001, el caso se llamó a las 9:10 a.m. para vista preliminar. El Ministerio Público le solicitó al...

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