Sentencia de Tribunal Apelativo de 5 de Octubre de 2001, número de resolución KLAN01 00758

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN01 00758
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución 5 de Octubre de 2001

LEXTCA20011005-13 Silva Nieves v. Candelas Agosto
Estado Libre Asociado de Puerto Rico
EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES
CIRCUITO REGIONAL VI CAGUAS/HUMACAO/GUAYAMA
PANEL I
LIDUVINA SILVA NIEVES, Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ésta y el Sr. BENJAMIN HERNANDEZ JIMENEZ Apelantes v. ALBA KATHERINE CANDELAS AGOSTO y otros Apelados KLAN01 00758 Apelación Procedente del Tribunal de Instancia, Sala Superior de Guayama CIVIL NO. GCD 88-0273

Panel integrado por su presidenta, la Juez Pesante Martínez y los Jueces Rodríguez García y Salas Soler.

Pesante Martínez, Juez ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 5 de octubre de 2001.

Los aquí demandantes-apelantes Liduvina Silva Nieves, Benjamín Hernández y la sociedad de bienes gananciales compuesta por ellos, mediante un pleito independiente solicitaron ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Guayama, la nulidad de una sentencia. La aludida sentencia declaró con lugar una demanda en cobro de dinero instada por los apelados José A. Hernández Colón y Jerónimo Mejías. Oportunamente se solicitó su ejecución y se procedió a vender determinado inmueble en pública subasta.

Luego de múltiples recursos procesales, todos ellos tendentes a dejar sin efecto la sentencia y denotando un interés deliberado de los apelantes de nunca ponerle fin al pleito, el tribunal emitió sentencia declarando sin lugar la demanda en pleito independiente al amparo de la Regla 49.2 de las de Procedimiento Civil.

Los apelantes solicitaron reconsideración y dicha moción fue resuelta con un escueto no ha lugar. Insatisfechos, presentaron el recurso de apelación que nos ocupa en el interés de obtener la revocación de dicha sentencia.

Se confirma la sentencia apelada.

I.

En el año 1983, el entonces Tribunal Superior de Guayama emitió una sentencia contra los aquí apelantes en la cual declaró con lugar una demanda en cobro de dinero.

Oportunamente, se solicitó su ejecución y se procedió a vender determinado inmueble en pública subasta. El inmueble pertenecía a los aquí apelantes Liduvina Silva Nieves, Benjamín Hernández y la sociedad de bienes gananciales compuesta por ellos. Desde entonces, los apelantes han intentado persuadir al Tribunal de Primera Instancia (en distintas Salas), al Tribunal Supremo, a la Corte de Quiebras, al Comisionado de Instituciones Financieras, al Departamento de Justicia y al Registrador de la Propiedad de que, como Liduvina Silva Nieves no fue emplazada, la sentencia fue dictada sin jurisdicción, que se debe dejar sin efecto la subasta celebrada pública y que el inmueble subastado les pertenece. Veamos el cuadro procesal de los apelantes antes de llegar a este foro apelativo:

  1. En 1982, José A. Hernández Colón y Jerónimo Mejías (codemandados en el caso de epígrafe) demandaron en cobro de dinero a los esposos Benjamín Hernández Jiménez y Liduvina Silva Nieves, Civil Número 82-3767. Los demandantes enmendaron la demanda a los fines de aclarar que se demandaba a Benjamín Hernández "como coadministrador" de la referida sociedad de bienes...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR