Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Octubre de 2001, número de resolución KLAN0000846

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0000846
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución25 de Octubre de 2001

LEXTCA20011025-01 Torres Contes v. Ramos Ducles

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL II DE BAYAMÓN

Zenón Torres Contes Demandante - Apelado Vs. Samuel Ramos Ducles Demandado-Apelante KLAN0000846 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Subsección de Distrito, Sala de Bayamón Caso Núm. DCD 96-0730 (706)

Panel integrado por su Presidente, el Juez Arbona Lago, y los Jueces Aponte Hernández y Urgell Cuebas

Aponte Hernández, Juez Ponente

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de octubre de 2001.

El apelante Samuel Ramos Duclés nos solicita la revocación de la sentencia parcial dictada el 12 de junio de 2000 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón, en la que se declaró con lugar la solicitud de sentencia sumaria presentada por el demandante Zenón Torres Contes en la causa civil DCD1996-0730. En la referida sentencia, el foro de instancia determinó que las mejoras realizadas por el demandado Samuel Ramos Duclés sobre el local arrendado quedaban "a favor de la parte demandante sin abonar el costo de las mismas al demandado".

Por los fundamentos que expondremos a continuación, se confirma la sentencia apelada.

I

Las partes suscribieron un contrato de arrendamiento sobre un local del inmueble localizado en la Calle 1 #1, Urbanización Isleta de Bayamón. En el mismo figura como arrendador el señor Zenón Torres Contes (Torres) y como arrendatario, el señor Samuel Ramos Duclés (Ramos). Mediante el referido contrato las partes pactaron que el local arrendado sería dedicado exclusivamente a negocio de cafetería por un término de 5 años. A tal fin el señor Ramos realizó ciertas mejoras en el local arrendado. En materia de mejoras, la cláusula sexta del contrato de arrendamiento estableció lo siguiente:

"Sexta: Queda convenido por los aquí comparecientes que LA PARTE ARRENDATARIA podrá efectuar en la propiedad las siguientes mejoras:

Reconstruir el área alquilada.

Construir dos baños, paredes y poner abanicos y extractores requeridos para el negocio.

Hacer un counter y colocar una puerta de cristal.

Podrá efectuar otras mejoras obteniendo previamente y por escrito de LA PARTE ARRENDADORA permiso para efectuarlas, disponiéndose sin embargo, que una vez realizadas dichas mejoras quedarán para beneficio de LA PARTE ARRENDADORA."

El 19 de agosto de 1996, el señor Torres presentó demanda en cobro de dinero contra el señor Ramos. En la misma, reclamó la suma de $12,026.68 por concepto de cánones de arrendamiento atrasados hasta el 31 de agosto de 1996 y una partida adicional de $800 mensuales en la medida en que el demandado permaneciera en el local arrendado con posterioridad a dicha fecha.

El señor Ramos contestó y reconvino. Alegó que no debía dinero por concepto de cánones de arrendamiento. En lo pertinente a la controversia ante nuestra consideración, reclamó la suma de $16,877.27 invertida en mejoras al local arrendado, las cuales no le fueron reembolsadas por el demandante a la terminación del arrendamiento.1

El señor Torres replicó. En síntesis, negó ser responsable de los gastos incurridos por el señor Ramos en la habilitación del local arrendado. Alegó que el contrato suscrito entre las partes fue claro y preciso al disponer que toda mejora quedaría para beneficio del arrendador y no vendría éste obligado a resarcir al arrendatario por mejoras a dicha propiedad.

El señor Ramos presentó escrito intitulado "Moción en oposición a réplica presentada" en el que sostuvo que las mejoras quedarían para beneficio del arrendador sin derecho a indemnización siempre y cuando el contrato de arrendamiento se mantuviera en vigor durante los 5 años pactados. De lo contrario, concluyó, procedía la indemnización por las mejoras efectuadas en el local.

Luego de varios trámites procesales, el 3 de julio de 1997 el señor Torres solicitó que se dictara sentencia sumaria a su favor con relación a la reclamación sobre las mejoras. Expuso que mediante la cláusula sexta del contrato de arrendamiento el señor Ramos convino en que las mejoras realizadas en el local...

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