Sentencia de Tribunal Apelativo de 9 de Noviembre de 2001, número de resolución KLRA20010725
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLRA20010725 |
Tipo de recurso | Recursos de revisión administrativa |
Fecha de Resolución | 9 de Noviembre de 2001 |
FARMACIA SHALOM RECURRIDA v. FARMACIA SAN RAFAEL, FARMACIA NUEVO CONCEPTO, QUEBRADILLAS DRUG, FARMACIA GENESIS, FARMACIA C.D.T. QUEBRADILLAS, FARMACIA LASALLE, FARMACIA GLORIANA, SUPER FARMACIA NUEVA, KRIZIA'S DRUG RECURRENTE | KLRA20010725 | REVISION JUDICIAL DE RESOLUCION ADMINISTRATIVA EMITIDA POR DEPARTAMENTO DE SALUD, SAN JUAN, PUERTO RICO CASO NUM.:01-01-015 SOBRE: SOLICITUD DE CERTIFICADO DE NECESIDAD Y CONVENIENCIA |
Panel integrado por su presidente, el juez Soler Aquino y los jueces Colón Birriel y Escribano Medina
Escribano Medina, Juez Ponente
En San Juan, Puerto Rico, a 9 de noviembre de 2001.
Un grupo de farmacias ubicadas en el municipio de Quebradillas, en adelante las recurrentes, nos solicitan que revisemos la corrección de una resolución interlocutoria emitida por el Departamento de Salud, la cual declaró
No Ha Lugar la moción de desestimación y archivo presentada por las recurrentes en oposición a la solicitud de Certificado de Necesidad y Conveniencia hecha por la Farmacia Shalom para el establecimiento de esta farmacia en un área cercana a la de las recurrentes.
La Sección 4.2 de la Ley de Procedimiento Administrativo Uniforme indica que una orden o
resolución interlocutoria de una agencia no es revisable directamente. 3 L.P.R.A. sec. 2172. La disposición interlocutoria de la agencia podrá ser objeto de un señalamiento de error en el recurso de revisión de la orden o resolución final de la agencia. Id. Ello quiere decir, que la intervención judicial será realizada después que los trámites administrativos concluyan y todas las controversias pendientes ante la agencia sean adjudicadas. Bird...
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