Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Noviembre de 2001, número de resolución KLAN200101070
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN200101070 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 30 de Noviembre de 2001 |
HECTOR SANTOS DEL VALLE Peticionario-Apelante v. JUNTA DE LIBERTAD BAJO PALABRA, ADM. DE CORRECCION Recurridos | KLAN200101070 | A P E L A C I O N Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Caso Núm. DPE2001-0545 (406) |
Panel integrado por su presidente, Juez Arbona Lago y los Jueces Urgell Cuebas y Aponte Hernández.
Per Curiam
En San Juan, Puerto Rico, a 30 de noviembre de 2001.
El apelante, Sr. Héctor Santos Del Valle, cumple sentencia de 99 años por asesinato y otros delitos. Luego de 12 años de reclusión se le concedió el privilegio de libertad bajo palabra, la que le fue revocada el 9 de octubre de 1995 por violar varias de las condiciones impuestas y aceptadas por el apelante al acogerse al programa extramuros.
Conforme a la reglamentación que gobierna el disfrute de dicho privilegio, al Sr. Santos Del Valle no se le puede considerar nuevamente para libertad bajo palabra hasta que cumpla en reclusión 6 años naturales más la mitad de
cualquier nueva sentencia que se le haya impuesto por el nuevo delito cometido mientras se encontró disfrutando de libertad bajo palabra.
Relacionado a este mismo asunto el Sr. Santos del Valle ha acudido en varias ocasiones previas al foro judicial de Primera Instancia y de apelación intermedia, que conozcamos, se trata de las causas DAC99-0043 (Habeas Corpus), KLCE2000360 (Certiorari), KLRX9900021 (Habeas Corpus ante este Tribunal en jurisdicción original), DPE 2000-0524 (Injunction, Sentencia Declaratoria y Mandamus) y en la causa KLAN20001365.
Nuevamente, en o para el 14 de julio de 2001, el Sr. Santos del Valle acudió en recurso de Injunction, sentencia declaratoria y mandamus, DPE 2001-0545, ante el foro de Instancia y luego en apelación de la sentencia desestimatoria por vía de la causa del epígrafe imputando al foro de Instancia los siguientes siete (7) errores:
Primer señalamiento de error: Incidió el Hon. Tribunal de Instancia al emitir sentencia en el caso Civil Núm. DPE2001-0545 bajo el fundamento de que se declara sin lugar el recurso instado por el demandante, Héctor Santos del Valle, por que se pidió la revisión de una decisión administrativa de la Adm.
de Corrección. Incurrió en error, el Hon. Foro de Instancia por cuanto el recurso de mandamus instado en la solicitud de Procedimientos Especiales iba dirigido a compeler a la Adm. de Corrección a cumplir con el deber ministerial que le impone la ley.
Segundo señalamiento de error: Incidió el Hon. Tribunal de Instancia al declarar sin lugar y desestimar el caso civil Núm. DPE2001-0545 bajo el fundamento de que se está apelando una decisión adversa de la Adm. de Corrección. Incurrió en error el Tribunal a Quo. Por cuanto la Adm. de Corrección nunca adjudicó el requerimiento previo que hizo el demandante...
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