Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Diciembre de 2001, número de resolución KLRA0100481

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA0100481
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2001

LEXTCA20011228-08 Fadhel Castellvi v. Mosular Concept Developers

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL VI - CAGUAS/HUMACAO/GUAYAMA

GUSTAVO FADHEL CASTELLVI ARLENE IVETTE TERESA CARBALLO FIGUEROA Recurrentes v. MODULAR CONCEPT DEVELOPERS, S.E. F&R CONSTRUCTION S.E. Recurridos
KLRA0100481
REVISION ADMINISTRATIVA PROCEDENTE DEL DEPARTAMENTO DE ASUNTOS DEL CONSUMIDOR, OFICINA REGIONAL DE CAGUAS QUERELLA NÚM. 2000-RCV-C-045

Panel integrado por su presidenta, la Juez Pesante Martínez, y los Jueces Rodríguez García y Salas Soler.

Rodríguez García, J.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de diciembre de 2001.

Por medio de la presentación de una solicitud para que expidamos un auto de revisión administrativa, comparecen ante este Tribunal los querellantes Gustavo Fadhel Castelví y Arlene Ivette Teresa Carballo (“los Fadhel”). Éstos nos solicitan la modificación de una resolución administrativa emitida en 18 de diciembre de 2000 por el Departamento de Asuntos del Consumidor (“D.A.Co.”).

Examinado el recurso, expedimos el auto de revisión administrativa solicitado.

  1. Trasfondo Fáctico y Procesal

    El día 28 de octubre de 1999, los Fadhel presentaron una querella administrativa ante D.A.Co. contra la compañía desarrolladora Modular Concepts Developers, Inc. (“Modular Concepts”) y contra la constructora F & R Construction. Mediante la referida acción administrativa, los querellantes alegaron que una residencia adquirida por ellos, la cual fuera desarrollada y construida por las querelladas, presentaba varios vicios de construcción y que, además, carecía de elementos estructurales que fueran anunciados en la literatura de promoción del proyecto. Como remedio, los Fadhel solicitaron de D.A.Co. que ordenara a las querelladas la reparación de los vicios de construcción alegados con la mayor brevedad posible.

    A raíz de la querella instada, el día 18 de enero de 2000, el Sr. Wilson Torres Claudio, investigador del D.A.Co., realizó personalmente una inspección de los vicios alegados en la querella, ello en presencia del querellante Gustavo Fadhel Castelví y de Víctor Matos, representante de la co-querellada F & R Construction. Como resultado de la referida inspección, el investigador del D.A.Co. rindió un informe en el que detalló los defectos de construcción encontrados y el costo estimado para la corrección de los mismos montante a $673.20.1

    Más adelante, fechada en 23 de febrero de 2000, la desarrolladora Modular Concepts presentó ante la agencia su contestación a la querella presentada por los Fadhel. A través de dicha contestación, Modular Concepts negó las alegaciones esbozadas en la querella y levantó varias defensas a su favor.

    Luego de varios trámites, fechada en 15 de mayo de 2000, los Fadhel presentaron ante D.A.Co. una enmienda a su querella. Mediante el referido escrito, los querellantes alegaron la existencia de defectos de construcción adicionales a los alegados previamente y enmendaron varias de las alegaciones presentadas en su querella original. Además de lo anterior, los Fadhel reclamaron el resarcimiento los daños y perjuicios alegadamente sufridos como consecuencia de los defectos de construcción exhibidos por su residencia. El monto reclamado por dicha partida se fijó en la suma de $9,185.00. En respuesta a la enmienda a la querella sometida por los Fadhel, por conducto de un escrito fechado en 26 de mayo de 2000 la co-querellada Modular Concepts presentó una contestación mediante la cual negó las alegaciones esbozadas por la pareja querellante.

    Así las cosas, los días 12 de julio y 15 de agosto de 2000, el D.A.Co. llevó a cabo una vista administrativa con respecto al caso ante su consideración. En dicha audiencia, como parte de la evidencia presentada para sustentar sus reclamos, los querellantes presentaron el testimonio del perito arquitecto Efraín E. Pérez Chanis, quien autenticó su informe pericial y declaró con respecto a sus hallazgos.

    Posteriormente, el día 18 de diciembre de 2000, el D.A.Co. emitió una resolución por medio de la cual declaró con lugar la querella presentada por los Fadhel. Sin embargo, al adjudicar el aspecto relativo al valor de reparación de los defectos de construcción que estimó probados, dicho foro administrativo se basó únicamente en el informe rendido por el investigador de la agencia, el cual fijó dicho valor de reparación en la suma de $673.20. Como fundamento a dicha determinación, el Juez Administrativo a cargo del caso explicó que el informe provisto por...

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