Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Diciembre de 2001, número de resolución KLAN200100576

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN200100576
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución28 de Diciembre de 2001

LEXTCA20011228-24 Scotiabank v. ELA

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL I DE SAN JUAN, PANEL IV

SCOTIABANK PUERTO RICAN AMERICAN INS. CO. Apelada
v.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO HON. SECRETARIO DE JUSTICIA POLICIA DE PUERTO RICO Apelante
KLAN200100576
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de San Juan Civil Núm.: KAC1999-1571 Impugnación de Confiscación

Panel integrado por su presidente, el juez Gierbolini, y los jueces Cordero y Rodríguez Muñiz.

Rodríguez Muñiz, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 28 de diciembre de 2001.

El Estado Libre Asociado (en adelante, el ELA) presentó un recurso de apelación el 18 de junio de 2001. Solicitó la revisión de la sentencia emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan (en adelante, el TPI) el 27 de marzo de 2001 y archivada en autos el 18 de abril de 2001.

A continuación exponemos el trasfondo fáctico y procesal del caso.

I

El 7 de octubre de 1999, fue confiscado un vehículo de motor marca Hyundai, modelo Elantra, año 1997, tablilla CWR-622, el cual tiene como titular registral a la Sra. María E.

Rodríguez Rivera (en adelante, Rodríguez Rivera). Dicho vehículo fue confiscado debido a que, alegadamente, el mismo fue utilizado en violación a la Ley de Sustancias Controladas. En específico, porque un pasajero del mismo fue arrestado por el artículo 404 de dicha ley, 24 L.P.R.A. sec. 2404 (posesión).

El Departamento de Justicia notificó la confiscación a la señora Rodríguez Rivera, y al Scotiabank de Puerto Rico (en adelante, Scotiabank), acreedor de esta última bajo un contrato de venta condicional del vehículo.

Ante esa situación, el 3 de noviembre de 1999, Scotiabank y la Puerto Rican American Insurance Company (en adelante, los demandantes), aseguradora que expidió una póliza de seguros que cubre la unidad confiscada, presentaron una demanda sobre impugnación de confiscación. En ésta alegaron que la confiscación realizada era injustificada e improcedente, debido a que el vehículo confiscado nunca ha sido utilizado en violación de leyes que permitan una confiscación. Demanda de 27 de octubre de 1999, a la pág. 8 del apéndice de la apelación.

Alegaron, además, que la confiscación era nula por no haberse cumplido con los requisitos exigidos por la Ley de Confiscaciones, y por no haberse realizado las notificaciones dentro del término legal que señala la ley. Id. Indicaron...

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