Sentencia de Tribunal Apelativo de 28 de Octubre de 2002, número de resolución KLCE 01-2287

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE 01-2287
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución28 de Octubre de 2002

LEXTCA2002-12 Gionnoni Marques v. Kerr Selgas

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL I, PANEL III

JACQUELINE GIANNONI MARQUES Peticionaria Recurrente v. DAVID EMILIO KERR SELGAS Demandado Recurrido
KLCE0200520
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan KDI01-2287

Panel integrado por su presidente Juez Ortiz Carrión, y los Jueces Negroni Cintrón y Segarra Olivero

Ortiz Carrión, Juez Ponente

RESOLUCION

San Juan, Puerto Rico, a 28 de octubre de 2002.

Jacqueline Giannoni Marques solicita la revisión de una resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en la cual se le declaró sin lugar una moción presentada en un pleito de divorcio, en la que solicita que se modifique la pensión alimentaria a favor de sus hijos menores fijada, poco más de un mes antes, como parte de una sentencia por estipulación dictada en un pleito anterior. Giannoni Marques señala que el tribunal erró al declarar sin lugar su solicitud de modificación de pensión alimentaria sin celebrar vista, plantea que la pensión fijada está por debajo de lo que razonablemente corresponde y argumenta que al fijarse la pensión ocurrieron circunstancias en las que no se consideraron todos los ingresos del alimentante ni todos los gastos de los alimentistas.

-I-

En julio de 2001 Giannoni Marques presentó una demanda de alimentos contra su cónyuge David Kerr Selgas en la cual solicitó que se fijara una pensión alimentaria para beneficio de dos hijos menores habidos durante su matrimonio.

En la vista celebrada ante un Examinador de Pensiones Alimentarias las partes estipularon una pensión de $2,3000 mensuales y el pago de un plan médico para los menores, por lo que el tribunal la aprobó y dictó la correspondiente sentencia el 29 de agosto de 2001 en el caso KAL01-0631.

Poco más de un mes después, el 10 de octubre de 2001, Giannoni Marques presentó una demanda de divorcio contra Kerr Selgas en la cual solicitó que el pleito anterior de alimentos se consolidase con el de divorcio, y se celebrase una vista para establecer una nueva pensión alimentaria. El único fundamento que alegó en su demanda para sostener tal solicitud fue que la pensión fijada es menor a lo que corresponde según las Guías Mandatorias de la Ley Especial para el Sustento de Menores. Por su parte en su contestación Kerr Selgas alegó que la pensión se fijó por estipulación entre las partes, que fue...

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