Sentencia de Tribunal Apelativo de 18 de Enero de 2002, número de resolución KLAN0101107

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0101107
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución18 de Enero de 2002

LEXTCA20020118-04 Banco Santander de PR v. Empresas Tito Castro

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL V PONCE-AIBONITO

BANCO SANTANDER-PUERTO │ │Apelación

RICO │ │procedente del

DEMANDANTE-APELADO │ │Tribunal de

│ │Primera Instancia, v. │ │Sala Superior

│ │de Ponce

EMPRESAS TITO CASTRO, INC.┤ │

TITO CASTRO CONSTRUCTION, │ │

INC.; SUCESIONES DE CARLOS│ │

ALBERTO CASTRO LUND t/c/c │ │

ALBERTO CASTRO LUND Y CAR-│ │

MEN AMPARO TORMOS VEGA │ │

t/c/c CARMEN AMPARO TORMOS│ │

t/c/c CARMEN TORMOS DE │ │

CASTRO, COMPUESTA POR SUS │ │CASO NUM. JDC2000-0852

HIJOS, JOSE ALBERTO CASTRO│KLAN0101107│

TORMOS Y SU ESPOSA VICKY ┤ │

VIDA BOSCIO, CARMEN DE │ │

LOURDES CASTRO TORMOS Y SU│ │

ESPOSO FRANK RODRIGUEZ, │ │

EVA MERCEDES CASTRO TORMOS│ │

Y SU ESPOSO CARLOS FAURE, │ │

AGNES LOURDES CASTRO │ │

TORMOS Y SU ESPOSO MANUEL │ │

MARIN Y ANA MARGARITA │ │

CASTRO TORMOS, Y SUS RES-

│ │

PECTIVAS SOCIEDAD LEGAL DE┤ │

GANANCIALES COMPUESTA POR │ │

CADA MATRIMONIO │ │

DEMANDADOS-APELANTES │ │

──────────────────────────┘ └──────────────────────

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, la

Jueza Pabón Charneco y el Juez Aponte Jiménez

Aponte Jiménez, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 18 de enero de 2002

Nos solicitan las partes codemandadas-apelantes, Empresas Tito Castro, Inc., Tito Castro Construction, Inc., José Alberto Castro Tormos y su esposa Vicky Vidal Boscio y la Sociedad Legal de Gananciales compuesta por ambos, que revoquemos la sentencia emitida en el caso de Banco Santander de Puerto Rico v. Empresas Tito Castro, Inc. y otros, Civil Núm.

JCD2000-0852, por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Ponce, el 24 de septiembre de 2001 y archivada en autos el 2 de octubre de 2001. Mediante dicho dictamen se acogió una moción de sentencia sumaria presentada por el demandante-apelado, Banco Santander de Puerto Rico, ordenando a los demandados el pago solidario de la deuda reclamada en la demanda. Por las razones que exponemos a continuación, se confirma el dictamen apelado.

El 26 de junio de 1995, la señora Carmen Amparo Tormos Vega suscribió un pagaré obligacional por la suma principal de $459,200 a favor de Banco Central en relación con el préstamo número 7001008751, con intereses al 1% anual sobre la tasa de interés preferencial (²prime rate²) cobrada por Citibank, N.A. de tiempo en tiempo en obligaciones comerciales, más una suma equivalente al 10% del balance insoluto de la obligación por concepto de costas, gastos y honorarios de abogado, en caso de reclamación judicial. Dicho préstamo sería pagadero en 59 plazos mensuales de $3,825 cada uno por concepto del principal, intereses y un pago final de $233,525, más intereses acumulados.1

La referida deuda quedó evidenciada por varios pagarés garantizados por hipotecas que grabaron propiedades muebles e inmuebles del matrimonio Castro Tormos y entregados al Banco en prenda. Entre los suscritos se encuentran: (1) contratos de prenda otorgados el 13 de agosto de 1987 y el 19 de agosto de 1988 pignorando un pagaré hipotecario a favor del portador, por la suma principal de $2,000,000, suscrito el 25 de febrero de 1980. A su vez, dicho pagaré estaba garantizado con primera hipoteca sobre una finca rústica localizada en el Barrio Machuelo Arriba de...

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