Sentencia de Tribunal Apelativo de 24 de Enero de 2002, número de resolución KLCE0101550

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0101550
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución24 de Enero de 2002

LEXTCA20020124-02 Martínez Marange v. Ex Parte

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL IV DE AGUADILLA Y MAYAGÜEZ

PANEL I

PORFIRIA MARTÍNEZ MARANGE Peticionaria y Recurrente EX PARTE
KLCE0101550
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia Subsección de Distrito, Sala de Mayagüez Civil núm. IJV1998-0512 Declaratoria de Herederos

Panel integrado por su presidenta, la juez López Vilanova, el juez Córdova Arone y la juez Feliciano Acevedo.

López Vilanova, J.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 24 de enero de 2002.

Porfiria Martínez Marange solicita revisión de un dictamen emitido el 24 de septiembre de 2001 por el Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Mayagüez, que declaró No Ha Lugar una Moción para dejar sin efecto una Resolución y Orden de 14 de agosto de 2001. Dicho dictamen ordenó a la peticionaria enmendar una Solicitud de Declaratoria de Herederos de cuatro finados, relacionados por razón de parentesco y bienes, para convertirlos en solicitudes individuales. Sostiene la peticionaria que en este caso nada impide presentar una Solicitud conjunta. Veamos su reclamo a la luz del estado de derecho vigente.

I

El 9 de noviembre de 1998 Porfiria Martínez Marange presentó ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez, una Solicitud de Declaratoria de Herederos de cuatro finados con relación de parentesco. Los finados objeto de la Solicitud de Declaratoria de Herederos son; Juanita Amelia Marange Rojas, Doña Providencia Martínez Marange, Don Arsenio Martínez Marange, y Don Angel Manuel Malavé Martínez.

El 14 de agosto de 2001 el Tribunal de Primera Instancia emitió Resolución y Orden en la que ordenó a la peticionaria enmendar su solicitud para uno de los causantes y someter las demás por separado.

El 20 de septiembre de 2001 Porfiria Martínez Marange presentó “Moción Solicitando se Deje sin Efecto Resolución y Orden”. El 24 de noviembre de 2001 el tribunal declaró No Ha Lugar la moción de la peticionaria.

Inconforme, Porfiria Martínez Marange acude ante nos mediante Recurso de Certiorari acompañado deMoción Solicitando se Paralicen los Procedimientos en el Tribunal de Instancia. Evaluada su solicitud, el 11 de enero de 2002 paralizamos los procedimientos ante el foro de instancia. Sostiene la peticionaria en su recurso, que incidió el tribunal al ordenar la presentación de solicitudes de...

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