Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2002, número de resolución KLCE200200039

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200200039
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Enero de 2002

LEXTCA20020131-35 Pueblo de PR v. Martines Hernández

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL III ARECIBO/UTUADO

EL PUEBLO DE PUERTO RICO
Peticionario
v.
OSCAR MARTÍNEZ HERNÁNDEZ
Imputado
v.
COMPAÑÍA DE FIANZAS DE PUERTO RICO
Recurrida
KLCE200200039
Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo Criminal Núm. CVI-1998G0005 Y OTROS Sobre: Asesinato en Primer Grado y otros

Panel integrado por su presidente, el Juez Soler Aquino y los Jueces Colón Birriel y Escribano Medina

Colón Birriel, J.

R E S O L U C I Ó N

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2002.

-I-

El Pueblo de Puerto Rico representado por el Procurador General (el “Procurador”) recurre de una “Orden” emitida por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Arecibo (el “Tribunal”), el 18 de noviembre de 2001, notificada el 18 de diciembre de 2001, en el caso de El Pueblo de Puerto Rico v. Oscar Martínez Hernández, caso Crim. Núm. CVI1998 G0005 y otros, sobre ejecución de fianza criminal. Petición de Certiorari, Orden, a las págs.

1-2 del apéndice. El

dictamen ordenó a la División de Confiscaciones del Departamento de Justicia (“División de Confiscaciones”) preparar un proyecto de Orden, Mandamiento y Señalamiento de Bienes, sin incluir intereses legales, a los fines de embargar bienes de la Compañía de Fianzas de Puerto Rico (la “Compañía”) y así hacer efectiva la sentencia del Tribunal de 20 de marzo de 2000, mediante la cual se ordenó la confiscación de la fianza prestada por ésta, a favor del imputado Martínez Hernández. En su consecuencia, el Tribunal falló a favor de la Compañía, quién alegó la improcedencia de dichos intereses, denegando así, el planteamiento del Departamento de que una sentencia confiscatoria de fianza penal devengaba intereses legales a tenor con las disposiciones de la Regla 44.3 de Procedimiento Civil.

-II-

El 9 de diciembre de 1997, la Compañía suscribió los contratos de Fianza Criminal Número LP Núm. 78553 y 79645 con el entonces Tribunal de Distrito, Sala de San Juan, por la suma total de $96,500.00. Petición de Certiorari, Fianzas, a las págs. 3-4-a del apéndice. La Compañía respondería del cumplimiento de Martínez Hernández, imputado de Asesinato en Primer Grado y Ley de Armas, delitos graves, con todas las órdenes y providencias del Tribunal, incluyendo su comparecencia a la vista preliminar, y de ser declarado culpable, su comparecencia al pronunciamiento de la sentencia. De incumplir con lo pactado, la Compañía se obligó a pagar al Estado Libre Asociado de Puerto Rico la

cantidad mencionada de $96,500.00. Luego del juicio celebrado...

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