Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Enero de 2002, número de resolución KLCE200101512

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200101512
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Enero de 2002

LEXTCA20020131-57 Pérez Llama v. Alonso Chavez

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL DE BAYAMON, PANEL II

ERNESTO PEREZ LLAMA Peticionario-Recurrente IVONNE ALONSO CHAVES Peticionaria-Recurrida EXPARTE KLCE200101512 CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Bayamón Caso Núm. DDI1995-0301 (702)

Panel integrado por su presidente, Juez Arbona Lago y los Jueces Urgell Cuebas y Aponte Hernández.

Arbona Lago, J.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de enero de 2002.

Las partes del epígrafe contrajeron matrimonio el 5 de julio de 1991 y procrearon dos hijos de nombres Mauricio Alejandro e Ignacio André Pérez Alonso. El matrimonio concluyó vía sentencia de divorcio por consentimiento mutuo, dictada el 10 de marzo de 1995. Los padres estipularon respecto a patria potestad, custodia, alimentos y relaciones paterno filiales. La custodia quedó en la Sra. Ivonne Alonso Chaves y la patria potestad es compartida (pág. 6 del Apéndice).

En o para el 1ro de septiembre de 2000 la madre, Sra. Alonso Chaves, solicitó del Tribunal autorización para trasladar a ambos menores al estado de Texas, donde interesa

mudar su residencia. Ante la oposición del padre, Instancia entendió y así resolvió que sin un previo proceso preparatorio el traslado podría convertirse en una experiencia no provechosa para los menores, por lo que mediante Resolución y Orden del 18 de octubre de 2000 estableció un proceso de adaptación dirigido por la Dra. Luisa Alicea, al que los padres quedaron integrados con obligación de cooperar al respecto.

El informe de la psicóloga de abril de 2001, en su parte dispositiva señala:

Los resultados arrojados indicaron que los niños no aparentan al momento indicadores de ansiedad ni depresión. La percepción de los niños sobre el traslado reflejó entender las circunstancias con las que van a lidiar, esto es, en términos de vivir con el señor Jessy Sergeant y el iniciar estudios en una nueva escuela donde predominaría el idioma inglés. Estos proyectaron seguridad en sí mismos y no se evidenció en ese momento ningún indicador que pudiera obstruir el proceso de ajuste.

Entendemos que al presente podría ser un buen tiempo para que dicho traslado se efectúe ya que los niños finalizan sus clases y tendrían tiempo para relacionarse con el ambiente donde han de residir. Además, al comenzar un nuevo curso escolar estarían con un grupo desde sus inicios. Debo aclarar, que estos niños ya han estado expuestos a ambiente donde han de residir, conocer al señor Jessy Sergeant y la escuela donde eventualmente han de estudiar. Considerando todas estas variables podemos inferir que al momento los niños aparentan estar preparados. Que si las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR