Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Marzo de 2002, número de resolución KLAN0101246

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0101246
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución11 de Marzo de 2002

LEXTCA20020311-03 Banco Popular de PR v. Mario Cintron & Hijos, Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL IV DE AGUADILLA-MAYAGUEZ

PANEL I

BANCO POPULAR DE PUERTO RICO Demandante-Apelado v. MARIO CINTRON & HIJOS, INC., ET AL. Demandados BANCO BILBAO VIZCAYA PUERTO RICO Interventor-Apelante
KLAN0101246
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez CIVIL NUM. ICD94-0079

Panel integrado por su presidenta, la Juez López Vilanova, el Juez Córdova Arone y la Juez Feliciano Acevedo

Feliciano Acevedo, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 11 de marzo de 2002.

El Banco Bilbao Vizcaya (en adelante, Banco Bilbao o apelante) apela la resolución emitida el 2 de octubre de 2001 por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez (en adelante, TPI). Dicha resolución denegó la solicitud de intervención presentada por el apelante, razón por la cual constituye una resolución final en cuanto a dicho asunto y parte.

I.

El trasfondo fáctico del recurso instado tiene origen con la presentación ante el TPI de una demanda por el Banco Popular de Puerto Rico (en adelante Banco Popular) el 20 de octubre de 1994

contra Mario Cintrón & Hijos, Inc. sobre ejecución de primera hipoteca.1 El Sr. Mario Cintrón y su difunta esposa, Mirta Ayala, entregaron al Banco Popular tres pagarés hipotecarios dados en calidad de colateral. Según se desprende las Certificaciones del Registro de la Propiedad presentadas ante nos, el Banco Popular y Mario Cintrón y esposa constituyeron hipoteca por la cantidad de $75,000.00 sobre la finca número 4,444, inscrita al folio 113 del tomo 129 de Hormigueros. Igualmente constituyeron hipoteca por $225,000.00 sobre la finca 1,934, en el folio 206 del tomo 164 del pueblo de Hormigueros. Finalmente, constituyeron hipoteca sobre la finca 765, inscrita al folio 113 del tomo 129 de Hormigueros, por la cantidad de $250,000.00.2

Previamente, el 30 de noviembre de 1992, el Banco Bilbao instó demanda sobre cobro de dinero y ejecución de prenda e hipoteca, sobre los inmuebles antes descritos, contra Mario Cintrón & Hijos, Inc.. Las fincas están gravadas con hipotecas de rango posterior al del Banco Popular con garantía de pagaré al portador por las cantidades de $25,000.00 la primera y tercera finca y $100,000.00 la segunda finca.3

Mediante Sentencia de 9 de mayo de 1996, en el caso ICD94-0079 el TPI condenó al Sr. Mario Cintrón y otros al pago de la cantidad de $587,487.81 a favor del Banco Popular. Dispuso que de no cumplirse con el pago dentro de un término de treinta (30) días, los bienes hipotecados serían vendidos en pública subasta.4 El 19 de enero de 1997 se publicó mediante edictos dicha sentencia.5 El 7 de mayo de 1997 se emitió el Aviso de Subasta en el caso llevado por el Banco Popular.6 El 11 de junio de 1999, luego de haberse realizado

las subastas pertinentes, el TPI emitió Orden donde indicó que el Banco Popular había cumplido con todos los trámites legales necesarios para la ejecución de los inmuebles, incluyendo la notificación a los acreedores posteriores. Por todo ello, el foro apelado declaró con lugar la moción solicitando la cancelación de gravámenes posteriores,7 y el 9 de julio de 1999 la Sub Secretaria del tribunal emitió el correspondiente Mandamiento de Cancelación de Gravámenes Posteriores.8

De los...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR