Sentencia de Tribunal Apelativo de 30 de Abril de 2002, número de resolución KLRA0200097

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA0200097
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución30 de Abril de 2002

LEXTCA20020430-15 Ortíz Abrams v. Rosello González

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL I SAN JUAN, PANEL I

CARLOS A. ORTIZ ABRAMS Querellante-Recurrente v. JEANNETTE ROSELLÓ GONZÁLEZ Querellada-Recurrida
KLRA0200097
Revisión Resolución de la Junta Examinadora de Psicólogos de Puerto Rico SOBRE: Acción Diciplinaria

Panel integrado por su presidente, la Jueza Fiol Matta, la Jueza Rodríguez de Oronoz y el Juez González Rivera

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 30 de abril de 2002.

Carlos A. Ortiz Abrams (en adelante señor Ortiz Abrams) solicita mediante el presente recurso la revisión y revocación de una resolución emitida el 18 de diciembre de 2001 por la Junta Examinadora de Psicólogos de Puerto Rico (en adelante Junta). Mediante la misma la Junta desestimó de plano la querella presentada por el querellante-recurrente contra la psicóloga Jeanette Rosselló González.

Evaluados los argumentos expuestos por las partes, a la luz del derecho aplicable, resolvemos que es procedente expedir el auto de revisión solicitado para revocar el dictamen recurrido.

I.

El 16 de mayo de 2001, el recurrente señor Ortiz Abrams presentó una querella contra la Dra. Rosselló González ante la Junta. Alegó que la querellada había violado el Código de Ética de los Psicólogos al hacerle falsas representaciones, al anteponer sus valores personales a los de su paciente, al desalentar las relaciones parternofiliales entre él y su hijo menor de edad, al discriminar contra él por razón de género y al no asumir una actitud conciliatoria. En general alegó no haberse respetado su dignidad como ser humano.

En su contestación a la querella, la Dra. Rosselló González solicitó se desestimara la misma o en su alternativa se celebrara vista administrativa a tenor con el Reglamento General del Comité de Ética. En su contestación, hizo un historial de su intervención con el hijo del querellado a la cual acompañó documentos preparados por ella durante el tratamiento brindado. Describió la querella del señor Ortiz Abrams como un intento de amedrentarla, para lograr lo que no había logrado hacer en los foros judiciales, o sea, sacarla del caso.

La Junta en el descargo de su función investigativa celebró una audiencia informal el 7 de septiembre de 2001. A la misma comparecieron el querellante-recurrente por derecho propio y la querellada recurrida, ésta última asistida por su...

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