Sentencia de Tribunal Apelativo de 1 de Mayo de 2002, número de resolución KLRA0200251

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA0200251
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución 1 de Mayo de 2002

LEXTCA20020501-02 Esso Standard Oil co. v. Junta de Calidad Ambiental

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL V DE PONCE Y AIBONITO

ESSO STANDARD OIL CO. (PR) Recurrente v. JUNTA DE CALIDAD AMBIENTAL Recurrida KLRA0200251 Revisión Administrativa procedente de la Junta de Calidad Ambiental Sobre: Orden de Hacer y Mostrar Causa Caso Núm. OA-01-AG-26 y OA-99-AG-109

Panel integrado por su presidente, Juez Brau Ramírez, el Juez Aponte Jiménez y la Jueza Pabón Charneco.

Pabón Charneco, Jueza Ponente

RESOLUCION

En San Juan, Puerto Rico, a 1 de mayo de 2002.

Comparece ante nos Esso Standard Oil Co. (PR), en adelante, la recurrente, solicitando la revisión de una resolución interlocutoria emitida por una Oficial Examinadora de la Junta de Calidad Ambiental. Mediante dicho dictamen, se revocó una decisión anterior autorizando a la recurrente tomar deposiciones como parte del descubrimiento de prueba en el caso de marras.

Por las razones que expresamos a continuación se deniega el recurso incoado, así como la “Solicitud de Orden en Auxilio de Jurisdicción“.

I

Conforme surge del recurso ante nuestra consideración, el 21 de mayo de 2001, la Junta de

Calidad Ambiental, en adelante, la recurrida, interpuso querella contra la recurrente.

Dicha querella requería a la recurrente continuar con unos trabajos que se estaban realizando en una estación de gasolina bajo el procedimiento administrativo Núm. OA-99-AG-109. Asimismo, le requirió a la recurrente mostrara causa por la cual no debía imponerse una penalidad ascendente a $75,960,000.

El 5 de junio de 2001, la recurrente presentó escrito intitulado “Solicitud de Modificación de Alcance de la Conferencia del 12 de junio de 2001“. En dicho escrito, la recurrente solicitó autorización para utilizar los mecanismos de prueba necesarios para descubrir toda la prueba en poder de la recurrida.

Luego de varios incidentes procesales, los cuales incluyeron una “Moción al Amparo de la Regla 18 de las Reglas de Procedimientos de Vistas Administrativas de la JCA“1

presentada por la recurrida, la recurrente presentó su contestación a la querella incoada. Se alega que durante una conferencia celebrada el 12 de junio de 2001, el Oficial Examinador acogió la solicitud de las partes de realizar el descubrimiento de prueba solicitado.

Así las cosas, el 11 de junio de 2001, la recurrente presentó su primer pliego de interrogatorios y requerimiento de producción de documentos. A su vez, el 27 de junio de 2001, la recurrida notificó a la recurrente su primer pliego de interrogatorios. Posteriormente, el 3 de julio de 2001, la recurrente presentó su primer requerimiento de admisiones.

El 13 de julio de 2001, las partes sometieron una “Moción Conjunta Solicitando Modificación de Vista e Informando Sobre el Estado de los Procedimientos“. En dicho escrito, se solicitó tiempo para que las partes intercambiaran sus contestaciones a interrogatorios así como la modificación de la conferencia de 17 de agosto a una sobre el estado de los procedimientos.

El 16 de agosto de 2001, las partes sometieron otra “Moción Conjunta Solicitando Término Adicional“, solicitando aprobación al acuerdo de intercambiar sus contestaciones a interrogatorios el 17 de septiembre de 2001.

Dicha petición fue declarada con lugar el 17 de agosto de 2001 durante la conferencia celebrada del caso.

Así las cosas, el recurrente sometió a la recurrida un primer requerimiento de admisiones (revisado). A su vez, contestó el interrogatorio que le había sometido la recurrida. Junto con su contestación le acompañó 60 cajas de documentos responsivos a lo solicitado por la recurrida. Por su parte, se alega que la recurrida contestó los interrogatorios e hizo entrega de 3...

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