Sentencia de Tribunal Apelativo de 26 de Junio de 2002, número de resolución KLCE0200596
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLCE0200596 |
Tipo de recurso | Recursos de certiorari |
Fecha de Resolución | 26 de Junio de 2002 |
RAFAEL ADORNO SÁNCHEZ y la SOCIEDAD DE GANANCIALES constituida con GEORGINA COLÓN
EL VERDE CONST. INC.; COASTAL DEVELOPMENT INC.; AMERICAN INTERNATIONAL INSURANCE CO.; DORADO BEACH COTTAGES ASSOCIATES; GABRIEL FUENTES JR.
KLCE0200596
Certiorari convertido en apelación, procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo
Sobre: Incumplimiento de Contrato
Caso Civil Núm.
NAC98-0060(302)
Panel integrado por su presidente, el Juez Miranda de Hostos, la Juez Hernández Torres y el Juez Martínez Torres.
Per Curiam
Los demandantes-apelantes -Rafael Adorno Sánchez y la Sociedad Legal de Bienes Gananciales constituida con su esposa, Georgina Colón- solicitan la revisión de la sentencia sumaria parcial que emitió el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Fajardo (Hon. Ismael R. Colón Pérez, Juez), el 15 de mayo de 2002. La sentencia sumaria parcial, copia de cuya notificación se archivó en autos el 16 de mayo de 2002, desestimó la demanda contra la codemandada-apelada, American International Insurance Company of Puerto Rico, Inc. La sentencia cumple con los requisitos de la Regla 43.5 de Procedimiento Civil, según enmendada, 32 L.P.R.A. Ap. III R. 43.5, por lo que procede tan sólo la apelación como recurso para
revisarla.
Así pues, convertimos este recurso en una apelación y la desestimamos por falta de jurisdicción, al no haberse perfeccionado dentro de término con un apéndice completo.
El apéndice de este recurso no contiene, entre otros documentos, la demanda contra la aseguradora. Ese fue el pliego que el Tribunal de Primera Instancia desestimó por no presentar una causa de acción válida contra la aseguradora.
Por lo tanto, la demanda es sin duda, y porque así lo disponen las reglas procesales, un documento esencial del apéndice de este recurso. Tampoco aparece la Contestación a Demanda Enmendada que presentó la aseguradora en el Tribunal de Primera Instancia. Ese es otro documento esencial que no está en el apéndice de este recurso.
La norma jurídica procesal aplicable bajo la Regla 54.4 de Procedimiento Civil, supra R. 54.4, dispone que:
(a) Todo escrito de apelación... incluirá un apéndice... . (b)...
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