Sentencia de Tribunal Apelativo de 17 de Julio de 2002, número de resolución KLAN0101251

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN0101251
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución17 de Julio de 2002

LEXTCA20020717-02 Pueblo v. Pérez Feliciano

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL IV AGUADILLA Y MAYAGÜEZ

PANEL I

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Apelado v. FRANCIS PÉREZ FELICIANO Apelante KLAN0101251 Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Subsección de Distrito, Sala De Añasco Crim Núm. 12CR200100192 Inf. Art. 260 Código Penal

Panel integrado por su presidenta, la juez López Vilanova, el juez Córdova Arone y la juez Feliciano Acevedo.

López Vilanova, J.

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 17 de julio de 2002.

Francis Pérez Feliciano recurre ante este Tribunal de una sentencia impuesta por el Tribunal de Primera Instancia, Sala de Añasco quien, después de celebrado un juicio le encontró culpable del delito de Alteración a la Paz y la sentenció a una pena de quinientos dólares ($500.00) de multa. En su escrito nos plantea la comisión de tres errores, los cuales, en síntesis, cuestionan la calidad de la prueba para probar su culpabilidad más allá de toda duda razonable. Entiende, además, que el fiscal no probó todos los elementos del delito.1

Con el beneficio de la exposición narrativa2 aprobada por el foro recurrido, los alegatos de las partes y los autos originales procedemos a resolver.

I

Francis Pérez Feliciano fue denunciado por el delito de Alteración a la Paz. La denuncia imputa que el 21 de septiembre de 2001 en Añasco “profirió palabras obscenas tales como: vete al carajo, esta casa es mía, hechas en forma estrepitosa e inconvenientes haciendo uso de lenguaje grosero e indecoroso y dirigidas especialmente a Nidia Bayron Mas, sintiéndose ésta molesta y ofendida, alterando de esta forma la paz y tranquilidad de la misma. (Folio 1 de los autos originales). Para probar este cargo el ministerio público sentó a declarar a la señora Bayron. Ésta declaró que vive al lado de Francis Pérez a quien conoce hace como siete (7) años. Que el día de los hechos Francis estaba tocando música –una batería con bocinas. Alrededor de la diez de la mañana “ella salió al balcón de su casa que queda en el segundo piso y procedió a llamarle la atención al señor Pérez, diciéndole que la considerara con la música y él le dijo váyase al carajo. Ahí ella se fue para su casa y no dijo nada más. Se sintió frustrada.” Declaró que “salió de su casa y regresó a la 1:00 p.m. que el [apelante] volvió a tocar

la música. Ella le dijo a su sobrino que la acompañabaque iba a...

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