Sentencia de Tribunal Apelativo de 19 de Julio de 2002, número de resolución KLRA0100599

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA0100599
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución19 de Julio de 2002

LEXTCA20020719-01 Gonzalez Gonzalez v. Mayaguez

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL IV DE AGUADILLA-MAYAGUEZ

PANEL I

RAMON GONZALEZ GONZALEZ Apelante-Recurrido v. MUNICIPIO DE MAYAGUEZ Apelado-Recurrente KLRA0100599 Revisión Judicial de Decisión Administrativa de J.A.S.A.P. Caso Núm. DT-98-04-1765

Panel integrado por su presidenta, la Juez López Vilanova, el Juez Córdova Arone y la Juez Feliciano Acevedo

Feliciano Acevedo, Juez Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico a 19 de julio de 2002.

El Municipio de Mayagüez recurre ante nos solicitando revisemos la Resolución de la Junta de Apelaciones del Sistema de Administración de Personal (J.A.S.A.P.) de 10 de agosto de 2001 en la cual dicho organismo revoca la determinación del Municipio de Mayagüez, sobre la destitución de empleo y sueldo del recurrido, Ramón González González, emitida el 9 de marzo de 1998.

La parte recurrente aduce como único error que:

[i]ncidió la Honorable J.A.S.A.P. al adoptar y aprobar el informe de su oficial examinadora y revocar la destitución de que fue objeto el recurrido, al concluir éste no provocó la agresión y cuya conclusión no está apoyada con la evidencia sustancial que obra en el expediente administrativo.

Debido a la naturaleza del error imputado, solicitamos a las partes, mediante Resolución de 20 de diciembre de 2001, que presentaran Exposición Narrativa Estipulada de la Prueba Oral. No obstante, las partes no pudieron ponerse de acuerdo en torno a la prueba oral presentada ante J.A.S.A.P., por lo cual, el recurrente presentó sus objeciones al Proyecto de Exposición Narrativa de la Prueba Oral presentado por el recurrente. Con el beneficio de los alegatos de ambas partes estamos en posición de resolver, veamos.

I.

Tras una investigación administrativa y la celebración de una vista informal cuyo desarrollo está recogido en la transcripción anejada al expediente, el Municipio de Mayagüez acogió el Informe y Recomendación de su Oficial Examinador y decidió separar permanente y definitivamente del empleo dentro del Departamento de Obras Públicas Municipal al recurrido, Ramón González González.

El 2 de abril de 1998 el recurrido presentó apelación ante J.A.S.A.P. donde alegaba haber sido destituido de su empleo injusta, arbitraria e irrazonablemente por el Municipio de Mayagüez, su patrono desde 1983. El procedimiento ante J.A.S.A.P. culminó con la celebración de una vista en su fondo el día 12 de marzo de 2001, tras lo cual se produjo el correspondiente Informe del Oficial Examinador, y J.A.S.A.P.

emitió la Resolución recurrida.

El planteamiento del recurrente básicamente se circunscribe a señalar que J.A.S.A.P. tomó una determinación no sustentada por evidencia sustancial del expediente administrativo, extralimitándose en su función. Además apunta que el Municipio siguió el procedimiento administrativo pertinente y tomó la determinación basado en el derecho aplicable. El recurrido, por su parte, tan sólo aduce que le correspondía al Municipio iniciar el desfile de la prueba ante J.A.S.A.P. y cargar con el peso de la prueba a fin de sustentar su decisión. En este sentido, alega que el recurrido no tenía que prestar prueba alguna para rebatir la determinación del foro apelado. De otra parte, señala que hubo conflicto en la prueba testifical desfilada ante J.A.S.A.P., el cual fue resuelto a su favor por dicho organismo.

II.

En ambos procedimientos los Oficiales Examinadores a cargo del mismo emitieron una detallada relación de hechos probados y creídos. Luego de examinar ambos informes se puede colegir que existe convergencia sobre la mayoría de los hechos concluidos. De ellos se destacan que el día 27 de...

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