Sentencia de Tribunal Apelativo de 9 de Agosto de 2002, número de resolución KLAN0200021
Emisor | Tribunal Apelativo |
Número de resolución | KLAN0200021 |
Tipo de recurso | Apelación |
Fecha de Resolución | 9 de Agosto de 2002 |
LEXTCA20020809-05 Coop.de Seguros Múltiples de P.R. y Coop.de Ahorro y Crédito de Lajas v. ELA
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO
COOPERATIVA DE SEGUROS MÚLTIPLES DE PUERTO RICO Y COOPERATIVA DE AHORRO Y CRÉDITO DE LAJAS Demandantes-Apelados v. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SECRETARIO DE JUSTICIA Demandados-Apelantes HAMILTON ORTIZ ORTIZ Demandante-Apelado v. ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO, SECRETARIO DE JUSTICIA Demandados-Apelantes | KLAN0200021 | Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez en Hormigueros Civil Núm. IAC1997-0496 Impugnación de Confiscación Civil Núm. IAC1997-0497 Impugnación de Confiscación |
Panel integrado por su presidenta, la juez López Vilanova, el juez Córdova Arone y la juez Feliciano Acevedo.
López Vilanova, J.
SENTENCIA
En San Juan, Puerto Rico, a 9 de agosto de 2002.
El Estado Libre Asociado de Puerto Rico, representado por el Procurador General, recurre de una sentencia dictada por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Mayagüez. (Hon. Anthony Cuevas Ramos, Juez) que declaró Ha Lugar sendas demandas de impugnación de confiscación presentadas por los aquí apelados. En virtud de dicha sentencia ese foro recurrido ordenó la devolución de un vehículo confiscado o en su defecto el valor del mismo conforme su
tasación. Determinó, además, que el bloqueo de tránsito que dio origen a la intervención con el allí acusado fue ilegal. Ante ello, impuso al Estado Libre Asociado las costas, gastos y $1,000 en honorarios de abogado.
La Secretaria de Justicia solicitó reconsideración en lo referente a la imposición de costas, gastos e imposición de honorarios. Ello le fue denegado.
Con el beneficio de la exposición narrativa de la prueba1 y la posición de los apelados, resolvemos.
La policía de Puerto Rico llevó a cabo un bloqueo en la carretera 102, kilómetro 28.2, cerca de la entrada de la Urbanización Reparto Universitario de San Germán. Todas las personas que transitaban de San Germán hacia Mayagüez por dicha carretera eran paradas en el bloqueo. De igual forma, eran detenidas las que transitaban de Mayagüez a San Germán. Las dos entradas de la referida urbanización estaban custodiadas por agentes de la Policía que inspeccionaban todos los vehículos. El día de los hechos aquí en controversia, Waldemar Ortiz salió de la Urbanización Reparto Universitario alrededor de las once de la noche. Hizo el pare. El agente Ramón Quiñónez lo observó y lo mandó a detener. La razón para detenerlo fue que no tenía el cinturón de seguridad. El agente declaró que notó a Waldemar Ortiz un poco nervioso y pensativo. El agente Cardoza que
lo acompañabase fue por el otro lado del vehículo, por la puerta del pasajero. (Exposición Narrativa de la Prueba, pag. 7). El agente declara que[c]uando le requirieron los documentos, el joven se baja a abrir la gaveta y el agente Cardoza le alerta al testigo que había observado algo ilegal. (Exposición Narrativa de la Prueba, pag. 8). Sin saber que era esealgo ilegal el agente Ramón Quiñónez le ordenó a Waldemar Ortiz que pusiera las manos sobre el guía, que apagara el vehículo, que con la mano contraria abriera la puerta y saliera. Ortiz salió y le entregó las llaves al agente. Éste lo registró. No le encontró nada. Cardozale mostró a Ortiz lo que había ocupado dentro del vehículo que resultó ser marihuana. El testigo declaró que cuando iba a esposar a Ortizel joven empezó a llorar y le preguntó qué le pasaba. Éste le dijo que había tenido un problema con los suegros y su novia . Lo arrestó. No porque estuviera agresivo sino porque estabanervioso. (Exposición Narrativa...
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