Sentencia de Tribunal Apelativo de 9 de Enero de 2003, número de resolución KLCE200201427

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE200201427
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución 9 de Enero de 2003

LEXTCA20030109-01 Pueblo v. Velásquez Díaz

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL VI CAGUAS/HUMACAO/GUAYAMA

PANEL SUSTITUTO

EL PUEBLO DE PUERTO RICO RECURRIDO v. HERIBERTO VELÁSQUEZ DÍAZ ACUSADO-PETICIONARIO
KLCE200201427
Certiorai procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Humacao SOBRE: LEY DE ARMAS CRIMINAL NÚM. HSCR2002000824 AL 0828

Panel integrado por su presidente, Juez Soler Aquino, y los Jueces Colón Birriel y Escribano Medina

Colón Birriel, J.

R E S O L U C I Ó N

En San Juan, Puerto Rico, a 9 de enero de 2003.

-I-

Heriberto Velásquez Díaz (en adelante “Velásquez Díaz”) solicita la revisión de una Resolución

emitida y notificada el 3 de diciembre de 2002, por el Tribunal de Primera Instancia Sala Superior de Humacao (el TPI), en el caso de El Pueblo de Puerto Rico v. Heriberto Velásquez Díaz, criminal HSCR200200824 al 00828, por varias infracciones a la Ley de Armas. A través del referido dictamen el TPI declaró No Ha Lugar su Moción para Solicitar la Supresión de Evidencia presentada por el peticionario. Inconforme con tal determinación acude ante nosotros Velásquez Díaz, alegando que la orden de allanamiento que motivó las acusaciones en su contra, fue librada en violación al Artículo II, Secciones 1, 7, 8 y 10 de la...

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