Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Enero de 2003, número de resolución KLRA 02-00622

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA 02-00622
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución14 de Enero de 2003

LEXTCA20030114-10 First Leasing & Rental Corp. v. Méndez Romero

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DEL CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL I, PANEL IV DE SAN JUAN

FIRST LEASING & RENTAL CORP. ETC. Recurrentes vs. CARMEN MENDEZ ROMERO, ETC. Recurridos
KLRA 02-00622
REVISION ADMINISTRATIVA 100014705

Panel integrado por su presidente, el Juez Gierbolini, el Juez Cordero y el

Juez Rodríguez Muñiz.

Gilberto Gierbolini, Juez Ponente

R E S O L U

C I Ó N

En San Juan, Puerto Rico, a 14 de enero de 2003.

El 16 de octubre de 2001 Carmen Méndez Romero y José A. Calderón (en adelante esposos Calderón Méndez) presentaron en el Departamento de Asuntos del Consumidor (en adelante DACO) Querella sobre Vehículo de Motor contra Taíno Motors Corp. (en adelante Taíno Motors) y First Leasing & Rental Corp. (en adelante First Leasing). En la misma, los esposos Calderón Méndez alegaron que el vehículo adquirido mediante contrato de arrendamiento financiero mueble con First Leasing, y provisto por Taíno Motors, no era la unidad objeto del contrato porque en los documentos de registro ésta fue identificada como una Mitsubishi Montero Sport del año 2000 y en los documentos del contrato ésta fueidentificada comouna MitsubishiNativa del año 2000.

Los esposos Calderón Méndez también alegaron que ellos acudieron a Taíno Motors para resolver la controversia, que un vendedor de ese establecimiento les recomendó dejar de pagar las mensualidades de la unidad adquirida hasta que no le entregaran los documentos de registro con el modelo correcto de la referida unidad y que ellos querían que Taíno Motors y First Leasing le entregaran la Mitsubishi Montero Sport del año 2000 por la cual pagaban mensualidades.

Oportunamente, First Leasing y Taíno Motors contestaron la querella y el 21 de febrero de 2002 DACO celebró vista administrativa. Luego de evaluar los testimonios vertidos por las partes, así como la evidencia contenida en el expediente administrativo, el 17 de junio de 2002 DACO emitió y notificó Resolución y declaró Con Lugar la querella de los esposos Calderón Méndez. Por tal razón, DACO ordenó a Taíno Motors y First Leasing entregar a los esposos Calderón Méndez una licencia oficial de la unidad adquirida que indicara que la misma era un modelo Nativa del año 2000.

Además, DACO ordenó a Taíno Motorstomar las medidas pertinentes con la entidad financiera, y cualquier otra entidad, para que los querellantes puedan...

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