Sentencia de Tribunal Apelativo de 11 de Agosto de 2003, número de resolución KLCE0300014

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0300014
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución11 de Agosto de 2003

LEXTCA20030811-10 Cartagena Hernández v. Bird Construction, Inc.

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL I, PANEL III

MARIA CECILIA CARTAGENA HERNANDEZ; GUILLERMINA CARTAGENA HERNANDEZ; BLANCA MARGARITA RAMIREZ MARRERO Y ENCARNACION COLON GONZALEZ, AMBOS POR SI Y EN REPRESENTACION DE LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR ESTOS Demandantes Peticionarios v. BIRD CONSTRUCTION, INC.; PLACID PARK S.E.; CUE Y LOPEZ CONSTRUCTION; HILL CONSTRUCTION; ADRIEL LONGO Y FULANA DE TAL, AMBOS POR SI Y EN REPRESENTACION DE LA SOCIEDAD LEGAL DE GANANCIALES COMPUESTA POR AMBOS, COMPAÑIAS ASEGURADORAS A, B Y C; EMPRESAS C, D Y F Demandados Recurridos Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Daños y Perjuicios KDP2001-0960 (503) KLCE0300014

Panel integrado por su presidente Juez Ortiz Carrión, y los Jueces Negroni Cintrón y Segarra Olivero

Ortiz Carrión, Juez Ponente

SENTENCIA

San Juan, Puerto Rico, a 11 de agosto de 2003.

María Cecilia Cartagena Hernández, Guillermina Cartagena Hernández, Blanca Margarita Ramírez Marrero y Encarnación Colón González recurren de una resolución del Tribunal de Primera Instancia, Sala de San Juan, en la cual se declaró sin lugar una moción bajo la Regla 49.2 de las de Procedimiento Civil, en la que se solicita que se deje sin efecto una sentencia parcial final en que se desestimó su reclamación contra la codemandada Hill Construction Corp. En su recurso las peticionarias plantean que el tribunal recurrido erró al desestimar su demanda contra Hill Construction Corp. Antes de examinar los méritos de este recurso, pasamos a hacer un breve resumen del trámite procesal que da lugar a la resolución cuya revisión se solicita.

-I-

El 16 de mayo de 2001 María Cecilia Cartagena Hernández, Guillermina Cartagena Hernández, Blanca Margarita Ramírez Marrero y Encarnación Colón González presentaron una demanda por daños y perjuicios contra Hill Construction Corp. y varios codemandados. Alegaron que frente a sus viviendas la codemandada Bird Construction está realizando una obra de construcción de grandes proporciones, para la cual utiliza maquinaria pesada que produce enormes vibraciones y ha provocado grietas y otros daños en sus viviendas, y junto al enorme ruido que tal maquinaria genera, les ha causado y continúa causando serias molestias y daños físicos y angustias mestales. Con relación a Hill Construction en la demanda se alegó que:

17. Los codemandados Placid Park S.E., Gil Construction [sic.] y Ariel Longo, son los dueños del proyecto en el cual Bird Construction, Inc. está realizando la construcción y quienes han contratado a Cue y López para realizar las obras que han causado los daños antes mencionados. Sin embargo, ninguno de estos codemandados han [sic.] realizado gestión alguna para remediar la situación antes descrita que le ha causado serios daños a los codemandantes.

El 20 de septiembre de 2001 Hill Construction Corp. presentó una moción de desestimación bajo la Regla 10.2 de las de Procedimiento Civil por entender que lo alegado en su contra no justifica la concesión de un remedio. En la alternativa solicitó exposición más definida de las alegaciones. La parte demandante se opuso a la desestimación y el 15 de enero de 2002, notificado el 26 de marzo de 2002, el tribunal recurrido declaró sin lugar la solicitud de...

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