Sentencia de Tribunal Apelativo de 14 de Agosto de 2003, número de resolución KLCE0300745

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0300745
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución14 de Agosto de 2003

LEXTCA20030814-15 Pueblo de PR v. Galiani Cruz

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL V DE PONCE Y AIBONITO

EL PUEBLO DE PUERTO RICO Recurrido v. JOSÉ GALIANI CRUZ Peticionario KLCE0300745 Certiorari procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Aibonito BLA2002G0169, 172, 175, 178, 181, 184, 187; BVI2002G003, BOP2002G0001

Panel integrado por su presidente, el Juez Brau Ramírez, el Juez Aponte Hernández y la Jueza Pabón Charneco.

Brau Ramírez, Juez Ponente

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 14 de agosto de 2003.

-I-

Contra el peticionario José Galiani Cruz, apodado “Cataño” se presentaron varias denuncias por los delitos de asesinato en primer grado, 33 L.P.R.A. secs. 4001-4002, conspiración para cometer asesinato, 33 L.P.R.A. sec.

4523 y varios cargos por infracciones a los artículos 5, 6-A, 8 y 8-A de la Ley de Armas de Puerto Rico, 25 L.P.R.A. secs. 415, 416a, 418 y 418a por, respectivamente, posesión de una ametralladora o rifle; posesión o almacenamiento

de dos o más armas de fuego, transportación de armas de fuego cargadas y transportación de una ametralladora o rifle.

Las denuncias estaban relacionadas a hechos ocurridos en Coamo el 13 de julio de 1998, en los que resultó muerto el Sr. Luis A. Santiago Rodríguez, conocido por “Wachy”.

Para la fecha de los hechos, el peticionario, se encontraba ingresado en la cárcel. Se le imputó que había escrito a los otros co-autores del delito, de nombres Raúl Torres Ortiz y Ariel Ortiz Rodríguez instruyéndoles que tomaran ciertas armas automáticas que el peticionario tenía guardadas y que dieran muerte a un individuo apodado “Pitbull” o “el perro”, quien era enemigo del peticionario. Los co-conspiradores fueron al lugar y, no hallando a dicho individuo, dieron muerte al Sr. Santiago Rodríguez, quien también era enemigo del peticionario.

Contra el peticionario se emitió orden de arresto por los hechos mencionados. Luego de otros incidentes, el 21 de noviembre de 2002, se celebró la vista preliminar del caso. Por estipulación de las partes, el caso se sometió a base de las declaraciones juradas de los testigos Rufino Cotto Martínez y Ricardo Gierbolini Gierbolini, dos participantes quienes tenían conocimiento de los hechos.

De dichas declaraciones se desprende que para la fecha de los hechos, el peticionario se dedicaba a negocios de drogas y a “matar gente”. Los testigos habían trabajado con él en este tipo de negocios. Pitbull y Wachy, por su parte, eran los enemigos del peticionario en los negocios de droga.

Para esta fecha, el testigo Gierbolini Gierbolini vivía en casa de un individuo llamado Padilla. De acuerdo a la declaración de dicho testigo, la noche del viernes 12 de junio de 1998, como a eso de las 8:30 p.m., el Sr.

Raúl Torres, conocido por “Macho”, lo fue a buscar allí para reunirse con un sujeto llamado Javi Pescue. Torres le dijo al testigo que Javi Pescue había recibido una carta que el peticionario (“Cataño”) había enviado desde la cárcel.

Torres y el testigo se dirigieron hacia el Barrio Ollas en Santa Isabel para encontrarse con Javi Pescue. Al llegar a la cancha y el parque que está en ese lugar, Javi Pescue ya los estaba esperando junto con el testigo Cotto Martínez.

Javi Pescue le entregó la carta al testigo, quien la leyó. La misma era efectivamente del peticionario. Tenía muchos errores de escritura. El peticionario les instruía que utilizaran las armas de su propiedad y unas guaguas que también le pertenecían, incluyendo una guagua “Splash”, para dar muerte al “Pitbull.” Les informaba que buscaran a “los muchachos” que era la gente que trabajaba para el peticionario. También les informaba que, si necesitaban ayuda, se comunicaran con un muchacho de Trujillo Alto, que era amigo de “Manta”, el compañero de celda del peticionario.

Según el testigo:

La carta decía Javi Puescue te doy permiso para que usen todos los juguetes, que quiere decir las armas, y que puedan utilizar las guaguas para que vayan al área de la Barriada Zambrana y le den muerte al perro, refiriéndose al Pitbull. Dile a Chicho y a Macho que sabe donde viven los muchachos para que los busquen.

Incluyéndose ahí a Ariel, Junior, Bolo y al muchacho ese que lo había mandado Manta que iba a bajar. Decía que por favor que no le dieran la espalda ahora que él los necesitaba y que le llevarámos la carta a ellos para que ellos supieran que había sido él el que había mandado la carta y que Javi Pescue nos cuidara a Chicho y a Macho, que si no tienen que ir, que no vayan porque ellos tienen familia. Ahí mismo decía y quiero tener noticias antes del fin de semana...

Por su parte, el testigo Rufino Cotto Martínez declaró que el viernes 12 de junio de 1998, él se encontraba con Javí Pescue en el parque, cuando llegaron “Macho” (Torres) y “Chicho” (Gierbolini). El testigo relató que:

Uno de ellos saca una carta enviada por Cataño [el peticionario] desde la cárcel. En eso Javi Pescue comienza a leer la carta. La carta yo no la leí pero la ví y escuché lo que decía. Javi leyó que Cataño decía en la carta que había que matar al Pitbul[l] y que con Wachy bregaban después. La carta también decía que usaran la Splash vino y que Macho y Chicho no fueran. ... El también mencionaba que usaran los juguetes, que era como Cataño llamaba a un arsenal de armas que él tenía. Cuando leyeron la carta Javi, Chicho y Macho quedaron que...

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