Sentencia de Tribunal Apelativo de 25 de Agosto de 2003, número de resolución KLCE 92-1745

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE 92-1745
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución25 de Agosto de 2003

LEXTCA20030825-15 Rexach Chandri v. Cosporación Insular de Seguros

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL I de SAN JUAN

Panel III

RALPH REXACH CHANDRI, antes, luego, JUAN ANTONIO GARCIAS, hoy FERMIN M. CONTRERAS GOMEZ, Comisionado de Seguros de Puerto Rico y Liquidador de la Corporación Insular de Seguros Demandante-Recurrido v. CORPORACIÓN INSULAR DE SEGUROS Demandada LCDO. PABLO CARRASQUILLO Interventor-Peticionario KLCE0201028 CERTIORARI Procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan KAC 92-1745 (902)

Panel integrado por su presidente, Juez Rafael Ortiz Carrión, y los Jueces Antonio J. Negroni Cintrón y Jorge Segarra Olivero

Negroni Cintrón, J.

RESOLUCIÓN

En San Juan, Puerto Rico, a 25 de agosto de 2003.

I

Como resultado de una orden emitida el 21 de diciembre de 1992 por el Tribunal Superior, Sala de San Juan, declarando insolvente al asegurador doméstico Corporación Insular de Seguros (C.I.S.), se dispuso su liquidación según el procedimiento establecido por el Capítulo 40 del Código de Seguros de Puerto Rico, 26 L.P.R.A. sec. 4001 et seq. El entonces Comisionado de Seguros, Hon. Juan Antonio García (Comisionado García), contrató verbalmente al licenciado Pablo Carrasquillo (peticionario) en 1997 como Comisionado Auxiliar Especial a cargo de la liquidación.

Durante los inicios del 2001, el Comisionado García y el peticionario acordaron por escrito la renovación del contrato para liquidar a la C.I.S. En éste se acordó que se le adeudaba al peticionario una remuneración por sus servicios desde enero de 1997 a base de cincuenta mil dólares anuales a pagarse luego de distribuirse los activos y pagarse las reclamaciones de la liquidación, y que sus funciones como Comisionado Auxiliar Especial cesarían durante los primeros seis meses del 2001. El 1ro de febrero de ese mismo año el peticionario recibió instrucciones de que le sometiera al tribunal de instancia el contrato renovado para que se le diera validez, cosa que el peticionario nunca hizo.

El Comisionado García finalizó sus funciones el 3 de febrero de 2001, tres (3) días después de haberse firmado el contrato para renovar el contrato verbal previo del peticionario. Una vez el nuevo Comisionado de Seguros, Hon. Fermín Contreras (Comisionado Contreras) comenzó a ejercer su puesto, el peticionario le presentó su renuncia protocolaria, le entregó el original del contrato renovado y le solicitó que presentara el contrato renovado al tribunal de instancia para que se ratificara. Posteriormente, y luego de que el Comisionado Contreras aceptara su renuncia, el peticionario le presentó su...

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