Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Agosto de 2003, número de resolución KLRA 06-1759

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA 06-1759
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución29 de Agosto de 2003

LEXTCA20030829-61 Méndez Rosario v. Oficina de Asuntos a la Juventud

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DEL CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL I, PANEL IV DE SAN JUAN

JOSE M. MENDEZ ROSARIO Apelante-Recurrido vs. OFICINA DE ASUNTOS A LA JUVENTUD Apelada-Recurrente
KLRA
03-00541
REVISION ADMINISTRATIVA (JASAP) S-01-06-1759

Panel integrado por su presidente, el Juez Gierbolini, el Juez Cordero y el

Juez Rodríguez Muñiz.

Gilberto Gierbolini, Juez Ponente

R E S O L U C I O N

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de agosto de 2003.

El 29 de julio de 2003, la Oficina de Asuntos de la Juventud presentó Recurso de Revisión Administrativa en el que nos solicitó la revocación de la Resolución emitida por la Junta de Apelaciones del Sistema de Administración de Personal (en adelante JASAP), el 16 de mayo de 2003 y notificada el 28 de mayo de 2003. Mediante dicha resolución, JASAP declaró ha lugar una apelación presentada por José M. Méndez Rosario en la que solicitó la reinstalación en el puesto de Subdirector de Area en la Oficina de Asuntos de la Juventud y el pago de los salarios dejados de percibir.

Por los fundamentos que expondremos a continuación, DENEGAMOS la expedición del Recurso de Revisión solicitado.

I

El 16 de enero de 1997, José M. Méndez Rosario comenzó a trabajar en la Oficina de Asuntos de la Juventud como Director Auxiliar de Administración, un puesto de confianza con un salario de $3,877.00 mensuales, que posteriormente fue aumentado a $4,356.00 mensuales. El 15 de agosto de 2000, entraron en vigor los nuevos Planes de Clasificación y Retribución para los Servicios de Carrera y de Confianza de la Oficina de Asuntos de la Juventud y el puesto ocupado por Méndez quedó clasificado como Director de Area, un puesto de confianza con un salario de $4,502.00 mensuales. En esa misma fecha, la Oficina de Asuntos de la Juventud publicó la convocatoria #2000-20 para cubrir un puesto de carrera de Subdirector de Area y estableció como fecha límite para solicitar dicha plaza el 28 de agosto de 2000. El 6 de septiembre de 2000, Méndez fue nombrado Subdirector de Area, con carácter probatorio y un sueldo de $4,370.00.

El 20 de marzo de 2001, el Director Ejecutivo de la Oficina de Asuntos de la Juventud, Aníbal José Torres Torres, cursó una carta a Méndez mediante la cual le informó de la existencia de varias irregularidades en el proceso mediante el cual fue nombrado al puesto de Subdirector de Area, que hacían que dicho nombramiento fuera nulo. Como por ejemplo, había sido entrevistado fuera del término dispuesto para las entrevistas y había sido nombrado dentro del periodo de veda electoral. Méndez fue apercibido de su derecho a solicitar una vista administrativa informal antes de decretar la nulidad de su nombramiento. Méndez solicitó la vista administrativa informal, la cual fue celebrada el 8 de mayo de 2001 y conforme a lo recomendado por el Oficial Examinador designado, el 25 de mayo de 2001, el Director Ejecutivo de la Oficina de Asuntos de la Juventud comunicó a Méndez su separación...

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