Sentencia de Tribunal Apelativo de 29 de Agosto de 2003, número de resolución KLAN 02-01311

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLAN 02-01311
Tipo de recursoApelación
Fecha de Resolución29 de Agosto de 2003

LEXTCA20030829-89 Navarro Martínez v. E.L.A.; Departamento de Agricultura

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL I – SAN JUAN

ABEL NAVARRO MARTÍNEZ, ISRAEL NAVARRO MARTÍNEZ Y RAFAEL MILÁN NIEVES
Demandantes-Apelantes
v.
ESTADO LIBRE ASOCIADO DE P.R., HON. SECRETARIO DE AGRICULTURA, DR. MIGUEL A. MUÑOZ MUÑOZ, ADM. DE SERVICIOS Y DESARROLLO AGROPECUARIO; DEPTO. DE AGRICULTURA DEL ELA
Demandados-Apelados
KLAN2002-01311
Apelación procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan Civil Núm. K AC2000-4576 (507) Sobre: Cobro de lo indebido

Panel integrado por su presidenta, la jueza Fiol Matta y los jueces González Rivera y Rivera Martínez

Fiol Matta, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 29 de agosto de 2003.

Se solicita la revocación de una sentencia dictada sumariamente por el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de San Juan, el 9 de agosto de 2002 y notificada el 3 de octubre de 2002. Por las razones que exponemos a continuación, se revoca la sentencia apelada.

Los demandantes apelantes son agricultores participantes en el Programa de Subsidio Salarial de la Administración de Servicios y Desarrollo Agropecuario (en adelante ASDA). Como tales, durante distintos años recibieron pagos a base de certificaciones expedidas por funcionarios de ASDA, hasta que el 28 de mayo de 1998 la agencia les notificó que habían recibido pagos por concepto de subsidio salarial que no les correspondían.1 La agencia comenzó a descontar diferentes partidas de los pagos subsiguientes para el repago de dichas sumas.

En la demanda que da lugar a este recurso, los apelantes alegaron que según las certificaciones de funcionarios de la propia demandada, ellos eran acreedores a las sumas que recibieron por concepto de subsidio. Reclamaron la devolución de las sumas descontadas de los subsidios asignados posteriormente, así como la paralización de dichos descuentos. Alegaron también que tenían derecho a una vista administrativa para dilucidar la determinación de ilegalidad de las partidas, antes de que se procediera a descontarlas.

El 3 de abril de 2002 la parte demandada solicitó al tribunal que dictara sentencia sumaria desestimando el caso. Alegó y expuso una serie de hechos que dicha parte entendía no estaban en controversia y que surgían de unas “auditorías” de “informes de investigación” que había incluido con su solicitud y que según alegaba, demostraban que los demandantes habían cobrado los subsidios de forma indebida.

La parte demandante se opuso a la solicitud de sentencia sumaria. Acompañó su oposición con declaraciones juradas de los agricultores...

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