Sentencia de Tribunal Apelativo de 27 de Octubre de 2003, número de resolución KLRA0300618

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLRA0300618
Tipo de recursoRecursos de revisión administrativa
Fecha de Resolución27 de Octubre de 2003

LEXTCA20031027-08 Caguas Uniforms,Inc. v. Ponce

Estado Libre Asociado de Puerto Rico

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL V DE PONCE Y AIBONITO

CAGUAS UNIFORMS, INC. Recurrente v. GOBIERNO MUNICIPAL AUTÓNOMO DE PONCE, OFICINA DE SUBASTAS Recurrido
KLRA0300618
Revisión Administrativa de la Junta de Subastas del Municipio de Ponce Sobre: Impugnación de Subasta Subasta Núm.: 32-AE-2002-2003

Panel integrado por su presidente, Juez Brau Ramírez, el Juez Aponte Hernández y la Jueza Pabón Charneco

Pabón Charneco, Jueza Ponente

SENTENCIA

En San Juan, Puerto Rico, a 27 de octubre de 2003.

Comparece ante nos, Caguas Uniforms, Inc., en adelante, Caguas Uniforms, solicitando la revisión de la determinación tomada por la Junta de Subastas del Municipio Autónomo de Ponce, en adelante, Junta de Subastas, de adjudicar la buena pro de la Subasta Núm. 32-AE-2002-2003, a favor de Pirette Draperies, Inc., en adelante, Pirette.

Por las razones que expresamos a continuación se expide el auto solicitado y se revoca la determinación de la Junta de Subastas.

I

Conforme surge del recurso de revisión presentado, el Municipio Autónomo de Ponce, mediante su Junta de Subastas, emitió un Aviso de Subastaen donde solicitó propuestas para la Subasta Núm. 32-AE-2002-2003 relacionada en el Renglón A, a la compra de uniformes para diferentes dependencias municipales.

La subasta se celebró el 25 de junio de 2003. Como partes licitadoras comparecieron ocho (8) compañías, a saber: Pitirre Manufacturing, Inc., Industrial FIRE Products, Inc., Empresas La Cubanita, Máxima International Sales, Inc., Pirette, Piryvega Com, Professional Wear y la recurrente, Caguas Uniforms.

El 5 de agosto de 2003, notificada el 8 de agosto de 2003, la Junta de Subastas otorgó la buena pro a Pirette. Se desprende del Aviso de Adjudicación lo siguiente:

Tras evaluar cada una de las ofertas presentadas, encontramos que las mismas no cumplen con las condiciones y especificaciones establecidas para este renglón de subasta, incluyendo la presentación de algunos de los documentos adicionales requeridos al amparo de la Sección 3 del Artículo VII del Reglamento de la Junta de Subastas del Municipio Autónomo de Ponce adoptado mediante la Ordenanza Núm. 31, Serie 2002-2003, excepto siendo la única que cumplió con todos los documentos requeridos Pirette Draperies, Inc. e Industrial FIRE Corp. Véase tabla comparativa adjunta.

Al no haber cumplido con estos documentos se descualifican las propuestas presentadas por las otras sietes (7) empresas y habiendo evaluado la propuesta de Pirette Draperies, Inc., encontramos que cotiza para la gran mayoría de los uniformes solicitados. La Junta entiende que los precios ofrecidos en términos globales son razonables, según el mercado prevaleciente, y en comparación con las otras ofertas presentadas en esta subasta, por lo tanto, procede a adjudicar la misma a Pirette Draperies, Inc., todas y cada una de las partidas para las cuales licitó, siendo así la decisión de la Junta de Subastas, la cual se toma por unanimidad de los miembros presentes y se le notificará a los licitadores participantes. (Énfasis en el original)

Véase págs. 6 y 7 del Apéndice.

Inconforme con dicha decisión Caguas Uniforms acude ante nos. El 11 de septiembre de 2003, ordenamos a la parte recurrida que mostrara causa por la cual no debíamos expedir el auto solicitado. Transcurrido el término concedido sin que se cumpliera...

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