Sentencia de Tribunal Apelativo de 31 de Octubre de 2003, número de resolución KLCE0300873

EmisorTribunal Apelativo
Número de resoluciónKLCE0300873
Tipo de recursoRecursos de certiorari
Fecha de Resolución31 de Octubre de 2003

LEXTCA20031031-92 González Arroyo v. Gozález Irizarry

ESTADO LIBRE ASOCIADO DE PUERTO RICO

EN EL TRIBUNAL DE CIRCUITO DE APELACIONES

CIRCUITO REGIONAL CAROLINA-FAJARDO

EDWIN GONZÁLEZ ARROYO AWILDA IRIZARRY PARDO Recurridos JENNIFER GONZÁLEZ IRIZARRY Peticionaria KLCE0300873 CERTIORARI procedente del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo SOBRE: DIVORCIO Caso Núm. NSRF2002-1518

Panel integrado por su presidente, Juez Miranda De Hostos, la Jueza Hernández Torres y el Juez Martínez Torres

Miranda De Hostos, J.

S E N T E N C I A

En San Juan, Puerto Rico, a 31 de octubre de 2003.

La parte peticionaria Jennifer González Irizarry, solicita que revisemos un dictamen del Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo, que ordenó el traslado del caso que ella instara sobre alimentos contra sus padres la parte recurrida Edwin González Arroyo y Awilda Irizarry Pardo, con su expresa objeción, al Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Carolina.

Además, alega Jennifer González Irizarry que incidió el Tribunal de Primera Instancia, al no celebrar la vista sobre dicho procedimiento en privado según ella lo solicitó y al no fijarle una pensión provisional, hasta que se dilucidara finalmente la pensión alimentaria.

Vencido en exceso el plazo concedido a la parte recurrida para que mostrara causa por lo cual no se concediera el remedio solicitado, sin exponer su posición, se expide el auto de certiorari, se revoca la resolución revisada y se ordena que el caso sea dilucidado en sus méritos en el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo. Veamos los fundamentos.

I

Los hechos se resumen a que la peticionaria Jennifer González Irizarry de 21 años de edad residente de Fajardo, que es hija de la parte recurrida Edwin González Arroyo, doctor en medicina de profesión y Awilda Irizarry Pardo, abogada que ejerce como jueza del Tribunal de Primera Instancia, los cuales se divorciaron en el 1999, le solicitó a éstos mediante procedimiento ante el Tribunal de Primera Instancia, Sala Superior de Fajardo, una pensión alimentaria para cubrir sus necesidades para estudiar una maestría en gerencia de hospitales, en la Universidad Interamericana.

La parte peticionaria Jennifer González Arroyo, tiene múltiples condiciones médicas entre ellas poliomiositis, osteoporosis y distrofia muscular, no obstante ello, ha continuado con éxito en sus estudios universitarios, utilizando transportación pública para ir a la universidad.

Luego de varios trámites ante el foro de instancia, se señaló una vista el 13 de junio de 2003, para adjudicar la controversia sobre la solicitud de alimentos instada por la parte peticionaria.

Procedemos a transcribir parte de la minuta de la vista celebrada que dio motivo al presente recurso.

...

Entra a sala el Lic. Paul Vilaro Nelms. El Tribunal hace breve resumen de lo ocurrido en sala. Los abogados tenían que replicar a la moción de la Lic. Hosta. El Lic.

Vilaró...

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